La acción jurídica es utilizada para obtener de los tribunales la declaración de ineficiencia de un acto, negocio jurídico o contrato, por carecer de algún elemento esencial o por ser contraria a la ley.
También es un método para dilatar el proceso y, en este caso, para evitar la audiencia de imposición de medidas prevista para el próximo lunes 8 de enero.
Álvaro Arias, defensor de Raúl Fernández Lippmann, y Sara Parquet, representante legal de Óscar González Daher, presentaron incidentes de nulidad contra el acta de imputación que se formuló a raíz de los audios filtrados.
Numerosas grabaciones telefónicas salieron a la luz en las últimas semanas desnudando el tráfico de influencia existente en el Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados (JEM), ente encargado de sancionar y destituir a jueces y fiscales.
Por este caso fueron imputados Fernández Lippmann, ex secretario del JEM; Óscar González Daher, ex titular del organismo, y Jorge Oviedo Matto, uno de sus miembros. Tanto González Daher como Oviedo Matto dejaron el Senado tras el escándalo.
Los tres, al igual que otras personas, son investigados por tráfico de influencia, asociación criminal y cohecho pasivo agravado. Sin embargo, para el abogado Álvaro Arias, las grabaciones no representan prueba alguna en un eventual juicio oral y público.
El defensor de Fernández Lippmann sostiene que los audios fueron obtenidos sin ninguna disposición judicial, violando así el artículo 36 de la Constitución Nacional, en el que se establece que las comunicaciones telefónicas no podrán ser interceptadas sin la orden de un juez.
“Otro párrafo de ese mismo artículo refiere que las pruebas obtenidas en violación a lo prescripto carecen de valor en un juicio”, mencionó el abogado en conversación con la emisora 780 AM.
RETRUCA. Arias refirió que no está de acuerdo con la postura de varios colegas suyos que aseguran que los audios filtrados sí pueden ser considerados como pruebas apelando al artículo 33 de la Carta Magna.
“El artículo 33 habla del derecho a la intimidad de las personas a nivel personal y familiar, pero acá no hablamos de eso, sino de conversaciones telefónicas y es el artículo 36 donde se habla específicamente de eso”, expresó.
Por esa razón, quiere saber si existe o no en la carpeta fiscal otras evidencias que no sean los audios.
“Esto recién empieza y estamos viendo qué vamos a hacer. Ya hemos planteado un incidente de nulidad porque la imputación habla solamente acerca de los audios y no de otras pruebas que permitan concluir que hay sospechas de los tipos penales”, concluyó.