Explica que la publicación del límite de tasas lo realiza de conformidad con el artículo 1º de la Ley Nº 2339/03, a fin de que las personas físicas o jurídicas que actúan en el mercado financiero y de crédito, ya sea con recursos financieros propios o del público, cumplan con las disposiciones legales vigentes en materia de tasa usuraria. Agrega que en el caso de transgresiones los afectados deberán acudir a las instancias pertinentes para realizar la denuncia.