Por Patricia Vargas
A través de folletos, el Gobierno de Brasil explica a sus conciudadanos cuáles son las tierras que no se deben comprar en Paraguay y cuáles están permitidas. Esto se da en momentos en que el Instituto Nacional de Desarrollo Rural y de la Tierra (Indert) se encuentra realizando trámites para recuperar una gran fracción de la colonia Santa Lucía, Alto Paraná, para trasladar al lugar a los carperos de Ñacunday, también de dicho departamento.
Los colonos se resisten a que los carperos sean llevados a Santa Lucía alegando que esas tierras les pertenecen legalmente. El titular del Indert, Justo Cárdenas, fue días atrás hasta la Embajada del Brasil a asegurar que respetarán el derecho de los colonos.
En el material distribuido a los brasileños se aclara que la ley paraguaya determina que la adquisición de tierras podrá ser efectuada válidamente a través de un contrato privado o de una escritura pública de transferencia y que la operación debe ser inscripta en la Dirección General de los Registros Públicos (DGRP).
“Lastimosamente aún existen inscriptos en Registros Públicos muchos títulos incorrectos o falsos. Dos títulos pueden referirse a un mismo inmueble o puede existir superposición de títulos. En ese caso, prevalece el documento más antiguo”, dice el folleto elaborado por el Consulado del vecino país.
Agrega que antes de adquirir un inmueble, el comprador debe verificar cuál es la situación legal del bien y del vendedor. “Los abogados de los consulados brasileños pueden también prestar informaciones y aclaraciones al respecto”, apunta el texto.
Expresa que no se debe hacer ninguna entrega de dinero como seña de trato antes de verificar que el título de propiedad del inmueble esté inscripto en la DGRP.
“Se debe examinar el original del título. Las escrituras inscriptas en la DGRP tienen un sello como el de la imagen”, expresa el folleto mostrando la foto de un sello de los Registros.
Detalles. En otro punto, enfatizan el número de propiedad o de matrícula, fecha y hora lo que identifica la propiedad. Así también, la cuenta catastral, el número de lote y manzana.
Aclara que el inmueble debe tener mensura judicial aprobada, inscripta en Registros Públicos. “La mensura judicial es el procedimiento por el cual el agrimensor verifica oficialmente si los datos del título de propiedad corresponden a las características físicas del terreno. Este procedimiento se debe solicitar a la Justicia. La mensura garantiza que el título corresponde físicamente a un terreno, pero no elimina la posibilidad de que otras personas tengan derechos sobre partes o la totalidad del inmueble”, aclara el folleto.
Sostiene que el inmueble debe tener el pago de impuesto inmobiliario al día el cual se puede verificar en la Municipalidad local con el número de cuenta corriente catastral del inmueble o con el último recibo de pago del impuesto inmobiliario.
“El recibo más reciente indica que todas las anualidades anteriores fueron pagadas”, puntualiza.
no se pueden comprar. Agrega que las tierras que no se pueden comprar en Paraguay son las que pertenecen al Estado; por ejemplo, en las localidades en la zona de seguridad fronteriza.
Recuerda que la Ley 2532/05, de seguridad fronteriza, abarca la zona de 50 kilómetros adyacentes a las líneas de frontera terrestre y fluvial dentro del territorio paraguayo.
“Los extranjeros oriundos de cualquiera de los países limítrofes no podrán en la zona de seguridad fronteriza ser propietarios, condóminos o usufructuarios de inmuebles rurales”, precisa.
Asegura que los extranjeros que se hallan en posesión, pero sin título de inmuebles dentro de esta franja de seguridad, pueden tener problemas y el Estado tiene derecho a demandar la nulidad de esas transferencias. “Los escribanos también pueden ser sancionados”, asevera.
Tampoco se pueden adquirir propiedades de la reforma agraria. “Los paraguayos que hayan recibido tierras del Indert solo pueden venderlas después de 10 años de su adquisición”, aclaran.
Mencionan que un ciudadano extranjero no es sujeto de la reforma agraria “lo que quiere decir que no puede recibir tierras del ente agrario.
“Algunas personas intentan vender a extranjeros sus derechos de explotación sobre esas tierras (lo que se llama derechera) por medio de un contrato privado. Esos contratos obligan a las partes, pero no significan un contrato privado de compraventa”, se especifica en el folleto.
El Consulado indica que el origen de las tierras se puede conocer a través de un informe veintenal del título que se debe solicitar en la DGRP.