Se trata del Decreto N.° 3.510/15 por el cual se aprueban los estatutos de la entidad denominada “Guarani Ñe'ẽ Rerekuapavẽ" (Academia de la Lengua Guaraní) y se autoriza su funcionamiento como persona jurídica.
El documento explica que la Academia de la Lengua Guaraní es una organización sin propósito de lucro que aspira y persigue fines tales como normativizar la lengua guaraní tomando como base las investigaciones lingüísticas existentes, tanto bibliográficas como de campo, y apoyar la normalización de su uso, entre otros.
La Academia de la Lengua Guaraní es la principal institución encargada de normalizar y estandarizar la lengua guaraní. Fue promovida en nuestro país a través de la Ley de Lenguas, la cual fue aprobada en 2010 y que, además, autorizó la creación de la Secretaría de Políticas Lingüísticas con rango ministerial.
Entre las funciones que tienen sus miembros, se destacan la de normativizar la lengua guaraní a partir de investigaciones lingüísticas, incluyendo las realizadas con hablantes de la lengua; establecer el alfabeto guaraní sobre la base del utilizado en la Convención Nacional Constituyente de 1992; elaborar el diccionario general de la lengua guaraní y mantenerlo actualizado; elaborar la gramática fundamental de la lengua guaraní y elaborar diccionarios terminológicos para áreas profesionales y científicas específicas.
También tendrán la tarea de identificar los mecanismos más adecuados para el enriquecimiento lexicológico del idioma guaraní, en especial de aquellos que le permitan crecer y modernizarse sin alterar esencialmente su estructura fonética, morfosintáctica y discursiva; recopilar las palabras nuevas creadas naturalmente por los hablantes de la lengua guaraní y aprobar su incorporación formal al corpus lexical del guaraní; recuperar el léxico antiguo y propiciar su uso funcional, y fomentar la incorporación de vocablos en uso en los dialectos indígenas de la familia lingüística guaraní.