Tras el fallo de la Corte Suprema de Justicia, que dejó sin efecto el cobro de este gravamen sobre el interés de los créditos que otorgan las cooperativas, los representantes del sector habían solicitado al Fisco el reembolso de lo aportado desde el 2016. Las estadísticas de la Subsecretaría de Estado de Tributación indican que la contribución orilló los USD 40 millones.
La ministra, consultada al respecto, señaló que ni siquiera recibieron una solicitud formal, aunque dejó en claro que al momento del cobro del impuesto, la Ley 5501/15 estaba vigente, por lo que a su criterio no corresponde una devolución.
“El fallo no hablaba de devolución. No estamos considerando devolver esos aportes y tampoco nos entró ningún tipo de pedido. No obstante, cuando se cobró eso era porque había una ley vigente y el fallo no se puede aplicar de manera retroactiva”, expresó Giménez.
ANTECEDENTES. La Ley 5501/15, que estableció el IVA del 10% sobre los créditos cooperativos, fue promulgada en setiembre de 2015, pero entró en vigencia recién desde julio de 2016 tras roces con las cooperativas.

Luego de un año y medio, la Corte declaró inaplicable el cobro del gravamen para 76 entidades, con el argumento de que las cooperativas pertenecen al sector social de la economía, lo cual denota una clara diferencia con las sociedades comerciales, como bancos y financieras, por lo que las cooperativas merecen un trato tributario diferenciado o, cuanto menos, no equiparable a las demás sociedades comerciales.
La máxima instancia judicial basó su alegato en el artículo 113 de la Ley 438/94, que establece que las cooperativas quedan exentas del IVA que grave los actos de los socios, a excepción de las adquisiciones y enajenaciones.
Inmediatamente a la sentencia, la Confederación Paraguaya de Cooperativas (Conpacoop) había solicitado la devolución de los aportes. No obstante, ya en aquella ocasión autoridades del Instituto de Cooperativismo (Incoop) habían advertido que las contribuciones no podían ser reembolsadas.
El IVA cooperativo desde un principio no recaudó como se esperaba. Los datos de la SET indican que, durante su vigencia, el promedio de ingresos mensuales por este concepto fue de USD 2,5 millones, la mitad de lo esperado al aprobarse la ley.