El presidente de la República, Mario Abdo Benítez, vetó totalmente el proyecto de ley que reglamenta el artículo 201 de la Constitución Nacional, de la pérdida de investidura, más conocido como autoblindaje legislativo, que de la forma en que fue establecida, dificultará el castigo político de los parlamentarios.
La normativa es calificada de inconstitucional, ya que establece que la destitución debe ser por mayoría absoluta de los miembros de las Cámaras del Congreso, cuando que la misma Carta Magna establece que se aplicará la mayoría simple, la mitad más uno del cuórum, cuando no se estipule específicamente en el algún caso.
Es decir, de 22 votos que se requerían en la Cámara de Diputados para aprobar una pérdida de investidura sin esta reglamentación, los diputados lo aumentaron a 41 votos.
En tanto en el Senado, 13 votos era necesario nada más para sacar la investidura a un parlamentario, y con esta ley aumentaba a 23 votos.
De hecho, uno de los principales puntos que reprobó el Ejecutivo es que se pretendió establecer que la pérdida de investidura sea aprobada por mayoría absoluta, algo que no está estipulado en la Constitución que habla de simples mayorías para casos en que no se especifican las mayorías calificadas.
En la exposición de motivos para el veto total, el Ejecutivo indica que “el artículo 4° del proyecto señala que el pleno de la Cámara respectiva resolverá sobre la responsabilidad del legislador en los hechos que se le atribuyen y en caso de encontrarlo culpable, declarará la pérdida de su investidura y lo removerá del cargo, para lo cual se requerirá del voto favorable de la mayoría absoluta”.
Además, afirma que “el artículo 201 de la Constitución prevé la figura y las causales de pérdida de investidura de un legislador, sin embargo, a diferencia del artículo 4° del proyecto de ley, no establece cuál es la mayoría requerida para removerlo del cargo.
Constitución. Ante la falta de dicha mención, rige la disposición constitucional contenida en el artículo 185 que señala: “[...J Salvo los casos en que esta Constitución establece mayorías calificadas, las decisiones se tomarán por simple mayoría de votos de los miembros presentes”.
En ese sentido, el presidente aclara en el decreto que “la norma constitucional trascripta es clara y unívoca: La regla para la toma de decisiones en el Congreso Nacional es que se cuente con el voto de la mitad más uno de los miembros presentes en la Cámara respectiva y, solamente, se la deja de lado cuando la propia Constitución disponga que para decidir en un cierto y determinado caso se requiere del voto de una mayoría calificada.
Por lo tanto, la excepción solo puede derivar del mismo texto constitucional, y nunca de una ley o reglamentación de rango inferior a la Ley Fundamental”.
Abdo sostuvo que por todo lo expuesto, no le quedó otra salida que rechazar totalmente el proyecto de ley, decisión que ya había adelantado la noche del domingo en la entrevista exclusiva que dio al programa Señales, emitido por NPY.
El reglamento pasa de nuevo al Senado que deberá aceptar o rechazar el veto.
En el Senado suman tres los que perdieron su investidura por hechos de corrupción. Ellos son Óscar González Daher, en el periodo anterior, Víctor Bogado y Dionisio Amarilla que perdieron sus bancas en este periodo.
En Diputados, pese a que varios de sus miembros tienen sendas investigaciones por corrupción, hasta ahora, sin embargo, es la Cámara que más protege a sus miembros.