Ricardo Preda explicó que las vacunas son un bien tangible que son propiedad del Estado paraguayo, por lo que quien la aplica a personas que no están en los parámetros establecidos por el Ministerio de Salud cometen un delito.
“Creo que sí hay un hecho punible porque la vacuna es algo tangible y como tal podemos afirmar que el Estado es dueño de ella. La utilización de esta sin autorización de su propietario hace que el vacunador sustituya al propietario. Yo no puedo hacer algo con una cosa que no es mía”, explicó el abogado.
Preda señaló que en el caso de la vacunación VIP denunciada en Presidente Franco la responsabilidad recaería sobre las personas que aplicaron las dosis y eventualmente en las que las instigaron a que las apliquen a personas menores de 85 años.
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“La decisión de inocular la vacuna a quien no se corresponde me hace autor de apropiación y el instigador es el cómplice. Si recibí una propina por ello yo cometo un cohecho pasivo y quien me promete comete soborno agravado”, refirió en comunicación con NPY.
El profesional insistió en que el Estado en su carácter de propietario es quien decide qué hacer de las vacunas contra el Covid-19 y esto solo se puede cambiar mediante resoluciones oficiales.
El abogado aseguró que si existe un hecho punible como apropiación el Ministerio Público debería actuar pero a instancia del Ministerio de Salud. “Esto no quiere decir que alguien debe ir cinco años a la prisión, pero sí esto se encuadra en apropiación”, dijo.
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En el mismo sentido refirió que el marco penal podría ir incluso hasta los ocho años de prisión porque se trata de una instancia agravada.
El martes se inició la vacunación ciudadana para adultos mayores de 85 años en todo el país. Sin embargo, en Presidente Franco, Alto Paraná, se dieron varios casos irregulares donde más de 90 personas fuera del rango de edad fueron inmunizadas.