30 abr. 2025

Abogados vs. defensores públicos

Una verdadera controversia se da entre abogados y defensores públicos por la ley que ahora les permitirá a estos últimos cobrar honorarios profesionales a las personas que sí cuentan con medios para hacerlo, pero que utilizan sus servicios.

La normativa sancionada por el Congreso está ahora en manos del presidente Santiago Peña para su promulgación, pero un grupo de abogados juntaron firmas para pedir al primer mandatario que vete la citada legislación.

El proyecto fue presentado por el diputado Édgar Olmedo, aunque fue ideado por el nuevo defensor general. La nueva legislación modifica los artículos 59 y 76 de la Ley 4423/2011, Orgánica del Ministerio de la Defensa Pública.

Entre los cambios están que los defensores públicos podrán regular los honorarios a las personas que utilicen sus servicios, específicamente en el fuero Penal, pero que cuenten con los suficientes medios económicos para solventar un abogado privado.

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Según dicen, el objetivo es asegurar un sistema más eficiente y accesible para los más necesitados, a más de destinar los recursos a un fondo especial para mejorar la infraestructura y tecnología del sistema del Ministerio de la Defensa Pública.

Hay que decir también que muchos ex ministros procesados fueron representados por defensores públicos, cuando que, justamente, se los acusaba de desviar millones, lo que fue uno de los argumentos para el proyecto, además de citar que en otros países existe esta figura.

Sin embargo, hay muchas voces en contrario. Lo primero que apuntan es que constituye una competencia desleal con los abogados pasilleros, que no tienen un salario del Estado paraguayo, como sí lo tienen los defensores públicos.

A esto se suma que va en contra de los fines del Ministerio de la Defensa Pública que está para asesorar a las personas sin recursos económicos, sostienen.

El senador Rafael Filizzola, durante la sesión legislativa, dijo que le preocupaba que se podría generar una situación de privilegio porque, finalmente, se preguntó: “¿A quién se le va a defender mejor o a quién le va a destinar más tiempo el defensor público? ¿Al que pueda pagar o al que no puede pagar?”

Otro cuestionamiento que se dio está en que no se establecen criterios claros en cuanto al destino que se les va a dar a los fondos obtenidos a través de los honorarios que regulen a sus representados.

Algunos abogados apuntan que los defensores públicos tienen muchas ventajas por sobre los abogados. Alegan que estos hablan directamente con los magistrados y fiscales sin problemas, lo que pocas veces se da con los privados.

Además, se les exoneran las costas procesales en caso de perder; sus defendidos pueden ofrecer caución juratoria y, en caso de presentar recursos, no son sancionados, como sí lo son los abogados privados.

“En el primer recurso que planteó ya el juez me advierte de que me puede sancionar... Esto no se da en el caso de los defensores públicos”, se quejó una abogada.

Es por esto que, según indican, muchas personas prefieren acudir a los defensores públicos y no a los profesionales del derecho que ejercen en forma privada.

La cuestión subió de tono ayer, cuando el ministro Eugenio Jiménez, al hablar del caso de los pagarés, recordó que si las personas sin recursos no querían ser asesoradas por defensores públicos, podían elegir un abogado privado, que debía representarlo en forma gratuita, lo que puede darse en tres casos en el año. Esto está en los artículos 595 y 596 del Código Procesal Civil.

La cuestión va para rato, ya que cambiará la razón de ser de la Defensa Pública. Es que, en el fuero Penal, ellos están para evitar que el proceso sea nulo, ya que los procesados bien pueden no nombrar un abogado. Lo que creo es que esto finalmente terminará en la Corte para que vea la constitucionalidad o no de la normativa.

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