El padrastro de la niña desaparecida en Emboscada, Cordillera, fue absuelto de culpa y pena por un Tribunal de Sentencia de Caacupé el miércoles. El abuelo manifestó que se quedó con una “gran decepción” de la Fiscalía, porque no presentó las pruebas suficientes en el juicio oral y público sobre pornografía infantil.
“Los fiscales hablaban de 60.000 a 70.000, miles de fotos, incluso se vio un video por ahí, pero al fin y al cabo, la Fiscalía no presentó nada. Es muy raro para mí", expresó a Monumental 1080 AM este jueves.
Cuestionó que se hayan presentado como únicas pruebas una grabación de video y cortes de revistas antiguas.
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Asimismo, acotó que ya venían “avisados” de que detrás estaba una “mafia gigantesca” y que el caso no iba a “llegar a nada”.
“No hay Justicia y la niña sigue desaparecida. Acá hay una niña desaparecida, supuestamente, y al final la Fiscalía nos llevó por otro lado. Mi pedido siempre va a ser encontrarle a la niña como sea”, vertió a la radio el abuelo.
Los fiscales Irene Álvarez, Lorenzo Lezcano, Carlos Maldonado y Gedeón Escobar habían ampliado la imputación contra el padrastro por pornografía infantil en julio del 2020, mientras ya enfrentaba cargos por violación del deber del cuidado y abandono junto a la madre de la niña.
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El Ministerio Público había sometido a pericia más de 80.000 archivos en el marco de la causa, unas 50.000 de la madre y 30.000 del padrastro, y solo se pudieron constatar archivos de contenido irregular en el móvil del hombre, no así en el de la mujer.
En el juicio por abandono y violación del deber del cuidado, fue absuelto en primera instancia y se confirmó la sentencia. Además, tenía un proceso por desacato a la orden judicial por negarse a producir pruebas en su contra, en el cual fue condenado en primera instancia. En la segunda instancia, el Tribunal lo anuló y absolvió de culpa y pena.
Por semanas se realizaron masivas búsquedas y rastrillajes en la propiedad donde vivía la niña, desaparecida el 15 de abril de 2020, incluso se hallaron rastros de sangre humana.
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Sin embargo, los investigadores no pudieron cotejar si pertenecen o no a la niña, porque la madre se negó a ser sometida a la prueba de ADN.
El 24 de setiembre de 2021, la mujer fue condenada a seis años de prisión por abandono y violación del deber del cuidado. El Ministerio Público había solicitado la pena de nueve años.
Los nombres de la niña y de su padrastro se omiten en cumplimiento del artículo 29 del Código de la Niñez y la Adolescencia, que prohíbe la publicación de datos que permitan identificar a menores en condición de víctimas o victimarios.