Por orden del Ministerio Público, los abuelos maternos de la niña desaparecida en Emboscada fueron sometidos a las pruebas de ADN en el Juzgado de Caacupé, ante la presencia del fiscal Carlos Maldonado, informó la Fiscalía a Última Hora.
Lea más: Fiscalía pide prueba de ADN a los abuelos de la niña desaparecida en Emboscada
Los estudios de ADN fueron realizados a fin de contrastar las muestras biológicas tomadas durante los allanamientos. El pedido se da ante la negativa de la madre de someterse a las pruebas biológicas.
El fiscal Carlos Maldonado mencionó días atrás que levantaron cinco muestras que respondieron a sangre humana, de las cuales cuatro son aptas para el estudio de ADN.
Nota relacionada: Padrastro de niña desaparecida se niega a realizarse pruebas de ADN
“La intención es contrastar con el ADN de la madre y del padre que está en Suiza y hacer referencia si corresponde o no a la niña”, había manifestado.
El padrastro de la niña prestó declaración indagatoria el miércoles y se negó nuevamente a someterse a pruebas de ADN y a realizarse estudio siquiátrico.
Le puede interesar: Niña desaparecida: Fiscalía insta a brindar datos y garantiza confidencialidad
En ese sentido, el Juzgado realizó una denuncia por desacato contra el hombre, ya que la solicitud de la Fiscalía de la toma de muestras se realizó vía judicial, según mencionó el fiscal.
Aún no se cuenta con los resultados de las muestras recolectadas por parte de la madre y las que tienen que llegar de Suiza, por cooperación internacional, de parte del padre, por lo que hasta el momento las investigaciones no registran mayores avances.
El caso
La niña desapareció el 15 de abril pasado en la quinta de su padrastro, ubicada en la ciudad de Emboscada, Departamento de Cordillera.
Su madre y su padrastro fueron imputados en un primer momento por violación del deber del cuidado y abandono. Posteriormente, la Fiscalía amplió la imputación contra el hombre por pornografía infantil.
Lea más: Investigación continúa sin rastros de niña desaparecida en Emboscada
Los nombres de la niña, de su madre y del padrastro se omiten en cumplimiento del artículo 29 del Código de la Niñez y Adolescencia que prohíbe la publicación de datos que permitan identificar a menores en condición de víctimas o victimarios.