05 feb. 2025

Adjunta rectifica pedido a sobreseimiento provisional

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Debe decidir. El juez de Garantías, Raúl Florentín, quien fijará la audiencia preliminar.

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La fiscala adjunta Lourdes Samaniego rectificó el pedido de sobreseimiento definitivo y pidió el sobreseimiento provisional para un alto funcionario de la Universidad Nacional de Asunción (UNA), investigado por presunto abuso sexual de una niña de 11 años.

Ahora, el juez de Garantías, Raúl Florentín, debe fijar fecha para la audiencia preliminar en la causa, luego del dictamen presentado por la fiscala adjunta, tras el trámite de oposición del magistrado.

En el caso, el fiscal Aldo Cantero había pedido que el sobreseimiento definitivo del encausado, basado en una pericia que indicaba que el testimonio de la víctima, hijastra del procesado, no era creíble.

Sin embargo, la querella a cargo de la abogada Bettina Legal había requerido una metapericia, lo que había sido rechazada por el juez, aunque en la preliminar el magistrado le dio el trámite de oposición al pedido de Cantero.

La fiscala adjunta hace un relato de la denuncia, la imputación, específicamente sobre lo ocurrido con la niña, supuestamente manoseada por el procesado.

Además, cita las declaraciones de la madre, del padre, y la indagatoria del encausado.

DECLARACIÓN. Finalmente, también habla de la declaración de la niña en cámara Gesell, el 28 de febrero del 2024, como anticipo de prueba, donde también participó la Lic. Graciela Zelada, sicóloga del Poder Judicial.

Después, a petición de la defensa, el juez ordena la evaluación de credibilidad del testimonio de la niña, a través de la cámara Gesell. Así, la sicóloga Zelada elevó el informe que concluye que el testimonio no resultaba creíble.

La fiscala señala que rectifica el requerimiento de sobreseimiento definitivo y solicita el sobreseimiento provisional.

Remarca que la querella había solicitado la metapericia sobre el informe de credibilidad de la Lic. Graciela Zelada, considerando que debía reunir las formalidades de un anticipo probatorio, ya que era un desprendimiento de lo que se dijo en la cámara Gesell.

Así, como diligencia que debe hacerse, solicita la intervención de un profesional idóneo de la Sociedad Paraguaya de Psicología, que es la autoridad competente, para definir si el método usado para el informe de credibilidad responde al protocolo usado por Zelada.

Con ello, dice que esta diligencia resulta necesaria para esclarecer las dudas existentes, por lo que se requiere el sobreseimiento provisional.

Ahora el magistrado Florentín deberá resolver la cuestión. No obstante, la ley señala que la Fiscalía General debe confirmar el pedido o acusar, lo que no se hizo.

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