28 abr. 2025

Aduanas dice que usar puertos clandestinos no es contrabando

La institución sostiene que el embarque de mercaderías por muelles piratas no viola la ley y recomienda a la Justicia devolver lo decomisado a los traficantes. Este argumento es cuestionado por la Fiscalía.

Por Andrés Colmán Gutiérrez,Wilson Ferreira yFrancisco Espínola<br>CIUDAD DEL ESTE<br>Son cerca de 100 los puertos clandestinos ubicados en las costas del río Paraná, muy cerca del centro urbano de Ciudad del Este, y otros tantos a orillas del lago de Itaipú. Operan a la noche, amparados por la sombra y protegidos por pistoleros armados, con una cobertura claramente delictiva... pero la Dirección Nacional de Aduanas considera que no se comete ningún delito.<br>En los cuatro únicos casos de intervenciones del Ministerio Público realizadas este año, en que los fiscales sorprendieron in fraganti a los contrabandistas, en momentos en que embarcaban millonarios cargamentos a bordo de lanchas y barracas para cruzar el río hacia el Brasil, Aduanas tuvo que realizar sumarios, pero curiosamente, en todos los casos, concluyó que “no existe perjuicio fiscal aduanero” y recomendó al juez que devuelva las mercaderías incautadas.<br>El caso más particular es el del decomiso realizado el 26 de enero del 2008, en un atracadero pirata ubicado dentro del Refugio Biológico Pykyry, de la Itaipú, lugar conocido como Puerto Irene, a orillas del embalse de la represa.<br>IN FRAGANTI. Ese día, al atardecer, cerca de las 17.30, una comitiva fiscal-policial, dirigida por el agente fiscal Eduardo Cazenave, sorprendió a dos camiones cargados con mercaderías, en momento de intentar embarcarlas a bordo de tres grandes lanchas atracadas a orillas del lago de Itaipú, para cruzar al Brasil.<br>La Fiscalía ordenó el arresto de 18 personas involucradas en el operativo ilegal, las imputó por sospecha de perpetración del hecho punible de contrabando y procedió a decomisar 805 cajas de cigarrillos y 2 fototocopiadoras a color, modelo industrial.<br>La acusación fiscal se basa en el artículo 336 del Código Aduanero, que califica taxativamente como contrabando: “a) el ingreso o egreso de mercaderías por las fronteras, fuera de la zona primaria, sin la documentación legal correspondiente”, y “c) el ingreso o egreso de una unidad de transporte con mercaderías en horas o por lugares no habilitados”.<br>IRREGULARIDADES. El propietario del cargamento fue identificado como Lorenzo Acuña, paraguayo, domiciliado en el barrio San Pablo de Presidente Franco.<br>Sus abogados presentaron facturas de que las cajas de cigarrillos fueron vendidas legalmente en territorio paraguayo, pero no existían documentos que avalen una operación de exportación. Además, el lugar por el que iban a embarcar (un muelle clandestino, en medio del monte) no es un sitio habilitado para ninguna operación aduanera, y menos en horario nocturno.<br>Como en otros casos similares, la Dirección Nacional de Aduanas realizó un sumario. El dictamen, elaborado por el jefe de Representación Fiscal de la institución, abogado Antonio Servián, y avalado por el propio administrador de la Aduana de Ciudad del Este, Elio Cabral González, afirma: "... De este sumario concluido se colige que la Aduana no ha considerado la existencia de un hecho punible fiscal (contrabando o tentativa), por lo que ya no existen obstáculos legales ni formales para la entrega de las mercaderías”.<br>EL JUEZ AMIGO. En base a este dictamen, el juez penal Wilfrido Velázquez Ferreira, de Hernandarias, ordenó que la Fiscalía devuelva las 805 cajas de cigarrillos y las 2 fotocopiadoras que iban a pasar ilegalmente al Brasil, al dueño de la carga. Es el mismo juez que ordenó la devolución de mercaderías incautadas en operativos realizados en otros tres puertos clandestinos.<br>El fiscal Eduardo Andrés Cazenave cuestionó la medida ante el Tribunal de Apelaciones, calificando la postura de la Aduana y del juez Velázquez de “una sinrazón rayana al absurdo”, ya que el juez penal estaba aceptando el dictamen de un juez sumariante, y reduciendo un delito penal a una cuestión puramente administrativa.<br>"Resulta tan risible la conclusión del sumario, pues en vez de tratar este hecho como el contrabando que es, lo trató como un caso de evasión de impuestos. No es casualidad que en esfera aduanera se recurra a un ardid de esta naturaleza, pues no son pocos los procesos penales abiertos a funcionarios desleales, por su participación en semejantes irregularidades, y en este caso tampoco se hará excepción alguna”, agregó.<br>Las mercaderías decomisadas continúan guardadas en el depósito de la Fiscalía, en Ciudad del Este.<br>"CRITERIO DE LA DNA ESCLARAMENTE RIDÍCULO"<br>El criterio de la Dirección Nacional de Aduanas, al sostener que el uso de los puertos clandestinos no constituye un delito penal de contrabando, es “claramente ridículo”, afirma el fiscal general adjunto, Ever Ovelar.<br>Acerca del cargamento de mercaderías decomisado el 26 de enero en un atracadero ilegal sobre el lago Itaipú, en el Refugio Biológico Pikyry, el jefe del Ministerio Público en Alto Paraná señala: “Lo más llamativo del caso radica en el hecho de que -pese a las disposiciones legales que rigen la materia- el Juzgado Penal de Garantías de Hernandarias, a cargo del juez Wilfrido Velázquez, ha dispuesto la devolución de todas las mercaderías, sin tener en cuenta que estas son evidencias en materiales del Ministerio Público”.<br>"Es más, recientemente el Tribunal de Apelaciones de Ciudad del Este había revocado esta resolución, pero, paradójicamente, el mismo juez volvió a emitir una resolución de devolución”.<br> “Pero lo más asombroso del asunto se constata en la postura institucional de la propia Dirección de Aduanas, que en virtud a un peculiar sumario administrativo sostiene que el hecho se resume a una simple falta administrativa, teniendo en cuenta que las mercaderías se encontrarían amparadas por la documentación legal de origen”, agrega el fiscal.<br>"Este criterio resulta claramente ridículo, teniendo en cuenta que el delito de contrabando de exportación se configura con la simple intención de remitir mercaderías fuera de los puntos habilitados por la autoridad de la Dirección Nacional de Aduanas”, indica.<br>Finalmente afirma: “En estas condiciones se puede entender por qué razón la zona de la ribera del río Paraná se encuentra totalmente carente de controles aduaneros”.<br> <br>ADMINISTRADOR ADUANERO ESTUDIA LAS PUBLICACIONES<br>Última Hora intentó realizar ayer una entrevista con el administrador de la Aduana de Ciudad del Este, Elio Cabral González, para conocer su versión oficial sobre la existencia de los puertos clandestinos y los cuestionamientos hechos por el fiscal general adjunto a los dictámenes aduaneros, pero este se excusó amablemente de formular declaraciones.<br>Cabral comunicó que se encuentra analizando los datos contenidos en la serie de publicaciones de Última Hora, para posteriormente asumir algunas acciones o brindar respuestas.<br> <br> <br>SIGUEN OPERANDO<br> <br>Los centenares de puertos clandestinos, en los barrios San Rafael, San Miguel y Remansito, de Ciudad del Este, al igual que en los ubicados en las áreas de Reserva de Itaipú, siguen operando sin interrupción a la noche.<br> <br>