El ingeniero David Fariña, director General de Protección y Conservación de los Recursos Hídricos del Mades, explicó que la institución otorga una declaración de licencia ambiental y son los municipios posteriormente los que habilitan como cualquier actividad dentro del territorio distrital. El mismo está establecido en la Resolución N° 159/05.
“Los vertidos de agua de ducha y de aguas residuales tienen que tener un buen sistema de tratamiento. También la resolución habla de la polución sonora, que tiene que estar regulada. La seguridad de las playas es fundamental y deben contar con botiquín de primeros auxilios. Un balneario, una pileta, arroyos, ríos y lagos tienen que tener todas esas condiciones para que el municipio pueda otorgar la habilitación de funcionamiento”, resaltó.
Remarcó que los locales deben contar con carteles de señalización de campamentos, zona de camping si lo tuviere y contar con los servicios de agua potable, caminos internos seguros, como también mecanismos de gestión de los residuos.