“Este proyecto pretende conferir al Ejecutivo poderes extraordinarios en la administración financiera estatal que no tiene. El Congreso Nacional no puede transferir esas facultades en materia presupuestaria y en términos de control de contratación de empréstitos. Se está proponiendo aprobar contratos de préstamos saltándose los mecanismos de control establecidos en el régimen de administración financiera del Estado (artículo 43 de la Ley N° 1535)”, sostuvo el senador Rafael Filizzola, del Partido Democrático Progresista.
Mencionó que se pretende pasar por alto lo establecido en el artículo 3 de la Constitución Nacional, en que se establece que ninguno de los poderes del Estado “puede atribuirse, ni otorgar a otro ni a persona alguna, individual o colectiva, facultades extraordinarias o la suma del poder público”.
El mismo parecer tuvo la senadora Yolanda Paredes, de Cruzada Nacional, quien mencionó que el artículo 5 del proyecto de ley faculta al Poder Ejecutivo, a través del MEF, a proceder a la ampliación de los ingresos, gastos y financiamiento dentro del Presupuesto General de la Nación del corriente año.
“Esto es absolutamente inconstitucional. El Congreso de la Nación paraguaya está justamente para aprobar el Presupuesto General de la Nación (PGN) que va a ser utilizado por el presidente de la República, dice la Constitución”, afirmó.
Recordó que la función del Congreso Nacional es verificar si el Presupuesto conlleva el gasto contemplado por el Ejecutivo, si se justifica o no y que si no se justifica se rechaza.
“No podemos darle la carta blanca porque eso es inconstitucional. No puede el presidente Santiago Peña pedir esto porque en otro periodo legislativo esto iba a ser causal de juicio político. Esto es causa del juicio político querer atacar la Constitución Nacional, pero ellos saben que tienen los números suficientes para hacer cómplice de toda violación de la Constitución Nacional, por eso es que la oposición estamos de manos y pies atados”, denunció.
Consideró que, de aprobarse, el proyecto de ley se tendrá un quiebre del Estado de Derecho, porque se estaría sacando facultades constitucionales al Congreso Nacional y el Poder Ejecutivo se estaría atribuyendo funciones de las cuales no puede ser objeto.
“El Código Penal también es claro al respecto, atribuirse funciones de las cuales no es parte un poder del Estado hace incurrir al presidente Santiago Peña en delitos comunes y el Código Penal lo tipifica”, explicó.
La senadora y abogada comentó que esto se encuentra tipificado en el Código Penal como hechos punibles contra la constitucionalidad, porque atenta contra el artículo 273 que establece el orden constitucional y establece una pena privativa de hasta cinco años de prisión preventiva.
ACCIONES NO CONCUERDAN CON DISCURSO. Ambos senadores concordaron, respecto a la autorización de una emisión de bonos por USD 600 millones para el pago de deudas atrasadas con farmacéuticas y vialeras, que se trata de aumentar la carga de deuda pública, mientras que en el proyecto del PGN 2024 se proyectan más cargos y aumentos salariales para el presidente, vicepresidente, ministros y viceministros del Poder Ejecutivo, lo que no concuerda con el discurso de austeridad que expresa el Ejecutivo.
“Es importante señalar que todos los gobiernos heredan deudas y, en este caso, este mismo grupo bajo el primer gobierno de Horacio Cartes duplicó la deuda pública, y en anteriores casos no se requirieron medidas excepcionales como las propuestas actualmente”, consideró Filizzola.
Por su parte, la senadora Yolanda Paredes dijo que “lo que hace Santiago Peña con este proyecto de ley es declararse en quiebra técnica, no encuentro otra palabra, el Gobierno se encuentra en una quiebra técnica porque dice que hoy su gobierno no puede asumir todos los gastos y los compromisos en los que ha incurrido el gobierno anterior y por eso piden que se les apruebe la emisión de bonos por USD 600 millones y que aparte que se le aumente el déficit fiscal a 4,1%”.
Recordó que en el periodo pasado también el Partido Colorado tuvo mayoría en el Congreso, por lo que no pueden desconcer la deuda.