Expresa que los alcances, así como se lee, no fueron del todo tenidos en cuenta por los bancos, en general, ya que en el artículo 2 se menciona que el periodo de gracia puede ser hasta un año, pero “los bancos darán solo el 25% de ese tiempo, no 12 meses de respiro”, mencionó al tiempo de indicar que visualiza en realidad un lapso muy difícil que recién entre octubre y noviembre permitirá oxigenación real a las empresas.
“El texto (de la resolución) no es muy taxativo y se presta a interpretaciones; porque también habla –en el considerando– que para aplicar la entidad bancaria esas medidas ‘debe asegurarse la viabilidad financiera de las operaciones renovadas, refinanciadas o reestructuradas’, con lo que no será automática la eventual operación”.
“La esencia de la resolución no fue aplicada totalmente por los bancos, ya que de alguna manera se podría entender que la banca matriz brinda la posibilidad de renovar, refinanciar o reestructurar toda la cartera de saldo, no algunas cuotas nada más”, según precisó el analista. En ese sentido, recordó el comunicado de la Asociación de Bancos del Paraguay (Asobán), que especifica la prórroga de las cuotas correspondientes a los meses de marzo, abril y mayo; con primer vencimiento a partir de junio de 2020, lo que es considerado por Canova como algo que tal vez en la realidad no se pueda dar aún, y que incluso podría darse que se vuelvan a presentar nuevos pedidos de medidas de parte de quienes deben a los bancos, para que se siga flexibilizando o bien que se retorne a la refinanciación. Citó el caso del banco Itaú que hace excepción a la metodología y brinda la posibilidad de no debitar de la cuenta del cliente las cuotas de marzo, abril y mayo, que ya será automático.