A través del Decreto 3770, el Poder Ejecutivo extendió la exoneración del pago del servicio de energía eléctrica por los meses de julio y agosto de 2020. Esto afecta a quienes consumen hasta 500 Kwh por mes, aproximadamente G. 222.000 mensualmente. La medida también abarca a la facturación de la Empresa de Servicios Sanitarios del Paraguay (Essap), por el consumo de los meses de junio y julio de este año.
La intención es atender a los sectores más vulnerables y a las pequeñas y medianas empresas que se vieron afectadas por la cuarentena sanitaria decretada en el marco de la pandemia del coronavirus (Covid-19).
Nota relacionada: Con el pulgar arriba, Mario Abdo anuncia que vetará ley que anula facturas de la ANDE y Essap
El titular de la ANDE, Luis Villordo, dijo que el objetivo fundamental es llegar a los usuarios de las clases más vulnerables. Agregó que en los meses de junio y julio generalmente se registra un consumo menor de energía.
“Estimamos que habrá aproximadamente 1.300.000 usuarios que serán beneficiados. En el mes de abril tuvimos 1.180.000 usuarios exonerados del pago de la energía eléctrica, mientras que en el mes de mayo tuvimos 1.100.000 aproximadamente; y en el mes de junio, 1.255.000 usuarios. En estos dos meses el escenario de la cantidad de usuarios estará en torno a 1.300.000, aproximadamente”, explicó a un medio local.
Agregó que esta exoneración tendrá un costo de USD 35 millones, que provendrá de los fondos de emergencia.
Sobre las refacturaciones, Villordo dijo que fueron procesadas en su totalidad. En el primer mes se procesaron aproximadamente 12.000 facturas, mientras que en el segundo mes la cifra ascendió a 22.000, y en el tercer mes fueron 7.000 facturas, aproximadamente. Esto guarda relación con reclamos por la lectura de medidores durante la cuarentena sanitaria.
Veto parcial a la “ley Buzarquis”
Asimismo, el presidente de la República, Mario Abdo Benítez, objetó parcialmente el proyecto de ley que cancela y anula facturas emitidas por la Administración Nacional de Electricidad (ANDE) y la Empresa de Servicios Sanitarios del Paraguay (Essap) durante la cuarentena sanitaria. El proyecto de ley había sido presentado por el senador Enrique Salyn Buzarquis.
Le puede interesar: Senado aprueba anulación de facturas de la ANDE y Essap
Según el Decreto 3769, entre los argumentos esgrimidos para la objeción parcial, el Poder Ejecutivo refiere que al establecer la prohibición de emitir facturas sin haber realizado la lectura del medidor, propicia posibles situaciones de fraude o de evasión que imposibiliten la emisión de factura.
Además, refiere que no especifica la fuente de financiamiento para solventar las exoneraciones planteadas.
Villordo dijo que el veto es de los artículos 2 y 4, referidos a las condiciones de la exoneración de las facturas.
Según la normativa aprobada por el Congreso, se establece la cancelación de las facturas emitidas por ANDE y Essap durante los meses de marzo, abril, mayo, junio, julio y agosto. En el caso de la ANDE, además, amplía la línea de exoneración de 500 Kwh a 1.000 Kwh de consumo.
Según lo aprobado, el monto de la factura por el consumo de los meses de marzo, abril, mayo y junio de 2020 superiores a 1.000 Kwh será fraccionado en 18 meses, que será establecido mediante la correcta lectura de los medidores.
El monto de consumo de estos tres meses se emitirá en una sola factura y se sumará a la factura de consumo del mes siguiente de promulgada la ley.