El procedimiento se llevó a cabo en el kilómetro 37 del distrito de Yguazú, Alto Paraná, en cumplimiento a una orden de allanamiento.
En el lugar se detectó una conexión directa en media tensión con medidor, a través de una red subterránea, que abastecía una carga importante con dos transformadores de 4.650 kVA de potencia total, lo que ocasionaba un gran daño patrimonial a la ANDE.
El ente eléctrico informó que la solicitud de allanamiento fue realizada a raíz de una denuncia presentada ante el Ministerio Público con causa n° 739/2024 “Sobre supuesto hecho punible de sustracción de energía eléctrica”, presentada por el abogado Diego Fernández González, de la División de Gestión de Pérdidas Eléctricas.
La presentación se realizó ante sospechas de irregularidad, hecho que fue plenamente confirmado tras la verificación realizada por los técnicos.
“Constataron que las mediciones instantáneas en media tensión no coincidían con lo registrado por el medidor, por lo que una vez ingresado al inmueble fue encontrada una derivación subterránea en media tensión, de aproximadamente 300 metros”, señala el informe divulgado por la ANDE, sobre la intervención.
En el inmueble se procedió a la intervención de la conexión irregular. Se trata de una derivación en media tensión, con conductores subterráneos de 3x50 mm2, de 300 metros, con un Puesto de Distribución (transformador) de 4.650 kVA, identificado con el NIS N° 1899636 a nombre de Takayuki Obama.
El funcionamiento del local generaba una pérdida mensual de Gs 703.000.000 aproximadamente, en concepto de energía eléctrica no facturada, el cual sumado a los gastos de intervención y aplicación de multa según Ley 966/64, deberán ser abonados por el responsable del suministro intervenido.
El operativo fue realizado ante la presencia del fiscal interviniente Julio César Paredes y personal de la Policía Nacional.
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Se procedió al decomiso de los transformadores encontrados en el sitio, y los antecedentes fueron derivados al Ministerio Público, a fin de proseguir la investigación fiscal correspondiente.
“Cabe destacar que los responsables del inmueble donde fue realizada la intervención se exponen hasta 3 años de pena privativa de libertad, de conformidad a lo dispuesto en el art 173 del CPP relacionada a la Sustracción de Energía Eléctrica”, menciona la ANDE en su informe.