Con ello, la acción –promovida en el 2009– seguirá en estudio en la Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia.
La resolución fue firmada por el ministro Sindulfo Blanco, a más de los camaristas Eusebio Melgarejo y Arnaldo Martínez Prieto, que anulan la resolución del 23 de octubre del 2012, de la misma Corte.
Lovera Cañete había sido electo ministro de la Corte por el Senado, pero Lugo, entonces primer mandatario y actual titular del Congreso, no prestó el acuerdo constitucional, con lo que no pudo llegar al cargo.
El camarista tuvo la mayoría en el Senado para reemplazar al jubilado ex ministro de la Corte, Wildo Rienzi.
Lovera planteó una inconstitucionalidad con el argumento de que el decreto por el cual no se dio el acuerdo era nulo, porque no se habían fundado (argumentado) los motivos por los cuales no se prestó su conformidad.
No obstante, el 23 de octubre del 2012 los ministros Víctor Manuel Núñez, Sindulfo Blanco y Gladys Bareiro de Módica declararon la caducidad de instancia.
En otras palabras, porque el camarista no impulsó su acción por más de 6 meses, archivaron el caso.
Este fallo fue apelado por Lovera, con el argumento de que había una recurso de reposición aún pendiente de resolución y no se había integrado la Corte, por lo que no podía declararse la caducidad de instancia.
Tras el análisis, Blanco argumenta que hubo indefensión de Lovera, porque no fue notificado de la integración de la Corte.
Con ello, declaran la nulidad de oficio de la resolución y la acción de inconstitucionalidad ahora deberá seguir estudiándose.