En su resolución, los miembros de la Cámara de Apelación mencionan que la presentación de la recusación contra el Tribunal de Sentencia es meramente dilatoria, con el fin de impedir la continuación del debate de la audiencia de juicio oral y público.
Además, señalan que las causales y fundamentos de la recusación contra la magistrada Laura Ocampos Fernández es reiterativa y que ya han sido estudiados y resueltos por éste Tribunal de Apelaciones.
Se trata sobre un audio de 54 minutos que tuvo lugar en la Secretaría del Tribunal, el viernes 25 de octubre del 2023, en el cual participa la jueza Laura Ocampo y el abogado Rolando Agustín Alum, entre otras personas, y que afectaba a la parcialidad de la magistrada.
Mientras que en relación a los magistrados Cándida Fleitas y Fabián Weisensee, se menciona que no se observa en la presente recusación fundamentos expuestos o manifestados contra los mismos por el recurrente.
Hace casi dos meses, los tres jueces que integran el Tribunal de Sentencia fueron hallados culpables por los hechos tortura al oficial Jorge López y el comisario Alfredo Cáceres, acusados en el año 2000 de un intento de golpe de Estado contra el gobierno del entonces presidente Luis Ángel González Macchi.
El juicio debía continuar el 25 de octubre con la fijación de las penas, que pueden ir hasta 25 años, pero desde entonces fue suspendido en varias ocasiones.
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Declarados culpables
El juicio contra el ex ministro del Interior, Walter Bower, y los comisarios Osvaldo Vera y Merardo Palacios lleva 24 años de proceso. Los tres fueron declarados culpables por los hechos de tortura en un segundo juicio, que aún no ha podido llegar a la lectura de la sentencia por reiteradas suspensiones.
Los policías Alfredo Cáceres y Jorge López denunciaron que fueron torturados por orden del entonces ministro Walter Bower en la sede de la Comisaría 11ª Metropolitana y la Infantería de la Marina porque supuestamente participaron del frustrado golpe de Estado contra el entonces presidente Luis Ángel González Macchi en el año 2000.
Los hechos ocurrieron, según la acusación fiscal, en mayo del 2000, pero como los delitos fueron declarados por la Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia como de lesa humanidad, son imprescriptibles.