La defensa califica de insuficiente el argumento del peligro de fuga y solicita la aplicación de medidas menos restrictivas para su cliente. La apelación fue presentada respecto al A.I. Nº 02 del 3 de enero de 2025 y tiene como agravio inicial el error en la aplicación de los principios de necesidad y proporcionalidad.
Sobre el punto, la defensa alegó que “el Tribunal de Sentencia ha incurrido en una interpretación errónea y contraria al ordenamiento jurídico de los principios de necesidad y proporcionalidad, fundamentales para la imposición de medidas cautelares”.
Además, menciona que “en el presente caso, mi defendido ha cumplido aproximadamente tres años de privación de libertad efectiva, sumando períodos de arresto domiciliario y prisión preventiva. Este tiempo excede ampliamente la pena mínima establecida para el delito que se le imputa, lo cual evidencia un uso desproporcionado e injustificado de la medida cautelar”.
El pasado 31 de diciembre, López Ruiz Díaz fue condenado a 8 años de cárcel por una malversación de G 2.663 millones.