Un reglamento de prevención y represión del lavado de dinero y financiamiento del terrorismo dentro de los partidos y movimientos políticos fue aprobado días pasados por la Secretaría de Prevención de Lavado de Dinero o Bienes (Seprelad).
El documento, que fue aprobado por Resolución 369/2022 el pasado 30 de agosto, establece las condiciones que deben tener en cuenta las nucleaciones políticas supervisadas por el Tribunal Superior de Justicia Electoral (TSJE). Su aplicación es de carácter obligatorio, en caso de que se pretenda pugnar en cualquier elección a nivel país.
“El objeto del presente reglamento es establecer obligaciones regulatorias focalizadas y proporcionales, sustentadas en un enfoque basado en riesgo, para proteger a los sujetos obligados alcanzados por el mismo, del abuso para la comisión de hechos de lavado de activos y financiamiento del terrorismo”, expresa el texto.
Añade que el procedimiento para dar cumplimiento a la normativa implica la identificación y el registro de los candidatos y sus parientes hasta el segundo grado de consanguinidad del movimiento político, así como de quienes aportan dentro de la organización política, detallando el origen y el destino del dinero.
“Queda expresamente determinado que los partidos, movimientos políticos, alianzas y concertaciones electorales se constituyen en sujetos obligados conforme a la Ley 1015/1997, que previene y reprime los actos ilícitos destinados a la legitimización de dinero o bienes”, agrega.