De acuerdo a la Nómina de Senadores, Funcionarios, Permanentes, Contratados, Comisionados y Policial de la Honorable Cámara de Senadores disponible en su web institucional, el senador y actual presidente de la Comisión de Hacienda, tiene a seis funcionarios prestando servicios en su despacho y a una que era la directora de asuntos políticos de la presidencia del Senado cuando Ovelar estaba en el cargo. Actualmente, la funcionaria fue trasladada al cargo de directora de enlace parlamentario tras la asunción de Bachi Núñez al frente del Senado en julio pasado. Se trata de María Noelia Escobar Mendoza, quien percibe un salario de G. 25.387.700.
Asesores. De acuerdo a la Nómina de funcionarios y a los datos abiertos de la Contraloría General de la República (CGR), también disponible de libre acceso ciudadano en la web, unos seis funcionarios prestan funciones en el despacho del senador.
Ellos son Perla Arecos, asesora de despacho, Augusto Ramírez, encargado de secretaría de despacho, Ana Isabel Hellman, jefa de despacho, Ismael Centurión, encargado de servicios personales, Jalil Gossen, asistente y Juan José Martínez, asistente administrativo.
Entre los seis, tres son bachilleres, es decir, no cuentan con título universitario, ellos son; Ismael Centurión, Augusto Ramírez y Jalil Gossen.
Mientras que los salarios más altos corresponden a María Noelia Escobar quien percibe la suma de G. 25.387.700 y Ana Isabel Hellman quien recibe G. 20.448.851.
Sumado los siete contratos, dan la suma de G. 83.336.551 en salarios al mes y de G. 1.000.038.612 al año.
Atendiendo que en las planillas del Senado no se especifica en muchos casos en que despacho el funcionario presta servicios, no se descarta que existan más casos similares de funcionarios incorporados por Ovelar.
Ley. De acuerdo a la Ley 6622 que “Establece medidas de racionalización del gasto público”, en el artículo 6 denominado; “Condiciones generales para la contratación y nombramiento de funcionarios y asesores”, se lee textualmente cuanto sigue; “Los miembros de órganos colegiados podrán incorporar, en carácter de colaboradores o bajo cualquier otra figura, hasta un máximo de 3 (tres) asesores remunerados, quienes siempre, y en todos los casos, durarán en sus funciones mientras lo hagan dichas autoridades”.
Sin embargo, la Ley 7228 del Presupuesto, en su artículo 61, exceptúa nuevamente a los senadores para incorporar más de tres asesores.
El artículo reza cuanto sigue; “El Poder Legislativo, el Poder Judicial (Corte Suprema de Justicia) y los organismos auxiliares de Justicia, podrán realizar nombramientos, contrataciones y promociones de cargos, con excepción a lo establecido en la ley 6622”.
En síntesis, los senadores están habilitados para realizar más de tres incorporaciones.