En particular, el plan normativo castiga con pena privativa de libertad de hasta tres años o con multa al que “lesionando el derecho de disposición de otro sobre energía eléctrica, y con la intención de utilizarla o causarle un daño, la obtuviere o la sustrajera indebidamente de una instalación u otro dispositivo empleado para su transmisión o almacenaje en baja tensión”. En estos casos, será castigada también la tentativa.
Además, cuando el autor realizara las conductas “en media tensión o niveles superiores, superando los un mil voltios; o con la intención de desarrollar actividades de minería de cripto activos o actividad similar, será castigado con pena privativa de libertad de hasta diez años”.
Salvados. Sin embargo, los senadores, en principio, también buscaban que se sancione con la pena máxima a los funcionarios que se aprovechan de su posición o competencia para robar energía, pero este apartado fue suprimido por los diputados. Los legisladores de la Cámara Alta votaron a mano alzada ayer, y los votos del oficialismo estuvieron a favor de la versión de la Cámara Baja, por lo que la propuesta pasa al Ejecutivo para su promulgación o veto.
De hecho, la versión sancionada es idéntica a la iniciativa planteada originalmente por el Ejecutivo, que tampoco hablaba de sancionar a los funcionarios de ANDE eventualmente involucrados en el robo de energía eléctrica para las criptominerías ilegales del país.
“Suprimieron el agravante para funcionarios de ANDE, están apañando a delincuentes. Suprimieron delito de acción penal pública, ahora es solamente perseguible por la víctima. Estos son delitos que deben ser perseguidos de oficio”, cuestionó la senadora Yolanda Paredes.
Además, el proyecto de ley sancionado establece la incautación y administración de los bienes utilizados o producidos para la realización del hecho punible, que, según legisladores como Éver Villalba o Rafael Filizzola, ya está contemplado en la ley Nº 5876 De administración de bienes incautados y comisados, o en el mismo Código Penal vigente, en el Título IV, del Comiso y privación de beneficios, por citar algunas normas. “La senadora Paredes tiene razón (...). Este texto no persigue proteger a la ANDE”, lamentó Filizzola.