El anuncio del ente financiero matriz se realiza de conformidad al artículo 1º de la Ley Nº 2339/03, a fin de que las personas físicas o jurídicas que actúan en el mercado financiero y de crédito de nuestro país cumplan con las disposiciones vigentes en materia de tasa usuraria.
Para las operaciones en moneda local, la tasa máxima efectiva será del 29,29% en el séptimo mes del año (levemente por debajo de referencias anteriores), mientras que en moneda extranjera el tope se ha fijado en 10,70%. Cualquier operación que establezca tasas de interés superiores será considerada como usuraria, conforme a la ley vigente. La tasa en guaraníes baja aún pese a que la política monetaria se estabilizó.