A fin de promover el crédito y la refinanciación de deudas a sectores productivos que están siendo afectados por la actual desaceleración económica, el Banco Central del Paraguay (BCP) dispuso la liberación del 2% del encaje legal aplicado a los depósitos en moneda extranjera, lo cual implicará una disponibilidad de unos USD 100 millones para los bancos de plaza.
La medida fue aprobada a través de la Resolución Nº 14, del 11 de junio de 2019, emitida por el Directorio de la banca matriz, en respuesta a “la coyuntura climática adversa que afecta a los sectores ganadero y agrícola del país” y para “velar por la estabilidad del sector financiero”.
Hernán Colmán, superintendente de Bancos, explicó que esta disposición busca dotar de las herramientas necesarias a las entidades financieras para que “a medida que vayan haciendo sus operaciones, en la eventualidad que requieran fondos adicionales, puedan retirar esos fondos e incorporar dentro de su fondeo usual”.
La proporción de los depósitos en dólares captados por las entidades financieras que deben quedar en el BCP, bajo la figura de encaje legal, se encuentra en 24%, para las captaciones a la vista y en plazos de hasta un año (ver infografía). De este encaje, se podrá disponer de un 2% para la concesión de créditos, así como para la renovación, refinanciación o reestructuración de las carteras destinadas a los sectores agrícola y ganadero, afectados por las inundaciones.
Colmán sostuvo que este 2% representa alrededor de USD 100 millones, que serán trasladados a una cuenta especial transitoria. La condición para que los bancos puedan acceder a la liberación de estos fondos es documentar que están refinanciando, renovando o reestructurando, o concediendo créditos adicionales a los sectores que están hoy afectados por las condiciones climáticas adversas.
El régimen especial de encaje legal en moneda extranjera regirá hasta el 31 de diciembre de 2019.
Otra medida aprobada por el BCP consiste en que los bienes, muebles e inmuebles, adjudicados o recibidos en pago por las entidades financieras, entre el 1 de enero de 2018 y el 31 de mayo de 2020, serán enajenados hasta en un plazo de dos años y ocho meses. “Esta medida afectará solo a aquellos bienes adjudicados o recibidos en pago, por créditos destinados al sector productivo”, aclara la resolución respectiva.
Hernán Colmán relató que con esta disposición se extiende el plazo en que las entidades financieras pueden tener estos bienes entre sus activos, recibidos en concepto de cobro de deudas, sin la necesidad de efectuar previsiones. “Da un incentivo para que puedan entrar a hacer negociaciones con menos presión con los clientes”, dijo.
Agregó que responden así a la situación actual del mercado de bienes raíces. “No es el mejor momento para salir a hacer oferta de bienes; si todos los bancos se ven muy apresurados a salir a hacer ventas apuradas, puede deprimir aún más el mercado inmobiliario”, sostuvo.
Estas medidas se anuncian luego de que se alertara sobre el riesgo de descapitalización de los sectores productivos.