En la sesión extraordinaria de la Cámara de Diputados realizada en vez de la ordinaria, que no tuvo cuórum, se estudió este miércoles el proyecto de ley que sanciona la venta y recarga de medios de pagos electrónicos del Sistema Nacional de Billetaje Electrónico a precios superiores a los fijados oficialmente.
La sanción también se extiende a empresas concesionarias que incumplan con el servicio de provisión de los plásticos.
El documento ya fue sancionado por el Senado y esta jornada también fue aprobado sin ninguna oposición por los diputados, con lo que quedó sancionado el texto por el Congreso Nacional, y pasa al Poder Ejecutivo para su promulgación o veto.
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La finalidad, según el proyectista, el senador Juan Afara, es proteger a los usuarios del transporte público en lo concerniente a la adquisición y recarga de los medios electrónicos de pago de la tarifa.
La sanción tanto a personas físicas y jurídicas que generen sobrecostos no contemplados por las empresas prestadoras del servicio –reventa– tendrán que pagar una multa que irá de 10 a 30 jornales mínimos (G. 843.400 a G. 2.530.200).
La escala de multas será reglamentada por el Poder Ejecutivo.
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El órgano de aplicación será la Secretaría de Defensa del Consumidor (Sedeco), que al inicio del uso obligatorio constató graves inconvenientes para usuarios.
En consecuencia y tras varios reclamos, la obligatoriedad del uso del billetaje electrónico que entró a regir el pasado 23 de octubre, se suspendió dos semanas después.
La extensión del pago mixto del pasaje (billetaje electrónico o dinero en efectivo) en principio se dispuso que fuera hasta el 31 de diciembre, pero desde el Viceministerio de Transporte anunciaron esta semana que será hasta el 31 de enero de 2021, bajo la promesa de proveer al mercado con los insumos necesarios para operativizar el nuevo sistema.