El caso del ex ministro Bonifacio Ríos Ávalos y el ya fallecido Carlos Fernández Gadea llegó a instancias de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) y este lunes se expidió la sentencia sobre el mismo. El Estado paraguayo fue condenado por la destitución de los dos en el 2003.
Se consideró que ambos fueron destituidos arbitrariamente en un juicio político, estableciéndose indemnizaciones y la regularización de las jubilaciones con todas las prestaciones salariales y beneficios jubilatorios pertinentes.
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Ríos Ávalos señaló en comunicación con radio Monumental 1080 AM que la sentencia era la que se esperaba y con ello el objetivo era dejar un mensaje a las generaciones futuras de que los actos políticos deben estar sujetos a la ley y a la Constitución Nacional, respetando la independencia de los Poderes del Estado.
En un momento explicó que la sentencia de la Corte IDH establece que los que están actualmente al frente de la administración del Estado deberán asumir el pago de la indemnización y que dicha instancia se dedicará a verificar el cumplimiento del fallo.
Sobre ese punto, Ríos también indicó que en caso de mora se determinarán intereses y que en caso de que no se cumpla se deberá tomar otros tipos de decisiones como el reintegro a la Corte Suprema de Justicia.
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El ex ministro comentó que un abogado de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) justamente presentó ante dicha instancia un pedido de interpretación, que en términos de las leyes nacionales sería una aclaratoria. “Esa es la duda que se va a tratar de aclarar”, expresó.
No obstante, dijo que tiene 65 años de edad y desde este punto de vista todavía está habilitado para ocupar una vacante en la máxima instancia judicial de la República.
Indemnización
La CIDH dispuso el pago de USD 605.000 para Ríos Ávalos y USD 295.000 para los herederos de Fernández Gadea, a ser abonados en el plazo de un año. Todo como indemnizaciones para los citados ex magistrados.
Estableció además que en un plazo de seis meses, se deberá publicar el resumen oficial del fallo en el diario oficial, y la sentencia íntegra debe estar disponible en los sitios webs del Poder Legislativo y del Judicial.
Además, se deberá regularizar las jubilaciones de ambos ex ministros desde el momento de su destitución en el 2003 hasta la fecha, con todas las prestaciones salariares y beneficios jubilatorios.