El senador Basilio Núñez ya reveló su intención de impulsar la reforma constitucional y citó cuatro puntos de interés, que son la reelección presidencial, la unificación de elecciones generales y municipales, cambio en la pérdida de investidura y entregar la totalidad del impuesto inmobiliario a las municipalidades. Esto último fue anunciado por el presidente Santiago Peña desde el año pasado.
“Este no es un buen momento para modificar la Constitución por el gran peligro de retroceder que existe debido al sector cartista. Hoy el cartismo tiene el límite de la Constitución y otras normas. En el Senado, por ejemplo, tienen que hacer barbaridades para lograr sus objetivos. Modificando la Constitución, se va a obviar esto”, manifestó Lezcano Claude.
El experto constitucionalista considera que por las características de este movimiento político y económico, si se modifica la Constitución, los impulsores van a obrar en beneficio de un sector poderoso de la sociedad. “El Estado paraguayo hace tiempo que está a disposición de las clases dominantes. Un mayor control cartista va a significar un control por el peor y más primitivo sector de esas clases”, alertó el ex ministro de la Corte.
Sobre la modificación del artículo 169 del impuesto inmobiliario, para Lezcano Claude, recurrir a una enmienda no sería un error. “Hay que tener en cuenta que el 85% ya está en manos de las municipalidades”, apuntó.
En cuanto a la pérdida de investidura y la reelección, se debería realizar mediante una reforma, indicó. “Tanto la reforma como la enmienda son procedimientos bastante engorrosos y costosos. No hay que olvidar que la enmienda supone la realización de un referéndum, lo cual es equivalente a una elección. Pero hoy, como están las cámaras, los cartistas tienen los votos para una u otra cosa. Y posiblemente también para tener mayoría en una convención nacional constituyente, o para ganar en el referéndum. Lo de la pérdida de investidura debe aclararse en el sentido de que no es atribución de las cámaras, sino de la Justicia Electoral. Pero no creo que sea esto lo que se quiera”, destacó.
Para Lezcano, la presidencia de Peña representa una reelección de Horacio Cartes.
“En cuanto a la reelección, siempre sostuve que no es antidemocrática. La situación predominante en América Latina lo demuestra. Pero no es el momento oportuno”, subrayó.
Reforma. El artículo 289 de la Constitución señala que no se utilizará el procedimiento indicado de la enmienda, sino el de la reforma, para aquellas disposiciones que afecten el modo de elección, la composición, la duración de mandatos o las atribuciones de cualquiera de los poderes del Estado, entre otros.
Enmienda. La enmienda constitucional permite modificar o añadir artículos de la Constitución, sin alterar su estructura fundamental. Las enmiendas son parciales, es decir, no se puede enmendar toda la Constitución. Para recurrir a esta figura se necesita de una iniciativa de la cuarta parte de los legisladores de cualquiera de las Cámaras del Congreso, del presidente de la República o de treinta mil electores, en petición firmada, según la Constitución.