Ambos plantean recurso de apelación especial, además de pedir la extinción de la acción y la prescripción del hecho punible, por haber transcurrido el plazo máximo desde que ocurrieron los hechos.
Según Soares, la lesión de confianza prescribe a los 10 años. Alega que el último hecho juzgado ocurrió el 24 de diciembre del 2009, con lo que la causa prescribió.
Soares dice que el Tribunal integrado por Juan Carlos Zárate, María Fernanda García y Héctor Capurro tuvo argumentos falsos y arbitrarios. Además, recurre la resolución, donde hubo una mala aplicación de la ley, según argumenta.
Tanto Soares como Guachiré dicen que no existió hecho punible ya que la actuación administrativa de ambos fue correcta.
Indican que ni siquiera hubo pericia, sino que la Fiscalía hizo un cálculo matemático de suma y resta para calcular, según su “lógica” un perjuicio patrimonial.
Piden admitir la prescripción de la acción y la extinción del hecho punible; o en su caso, anular el fallo y dictar la absolución de ambos.