29 dic. 2024

Cantidad de días, trámites y pagos: Todo lo que tenés que saber sobre las vacaciones

¿Cuántos días de vacaciones me corresponden?, ¿cuánto tiempo antes de salir debo solicitarla?, ¿puedo salir solo unos días o tengo que hacerlo de una sola vez? Enterate de las respuestas a estas y otras preguntas en esta nota.

Feriado.jpg

De acuerdo a la cantidad de años en la empresa, al empleado le corresponden determinados días de vacaciones.

Foto: Archivo ÚH.

Varias preguntas siempre rondan lo que tiene que ver con las vacaciones, un derecho de todo trabajador. En el caso de los empleados del sector privado, el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social (Mtess) dio algunas aclaraciones y detalles sobre su uso.

Según el Código Laboral, el trabajador adquiere el derecho a tener vacaciones al cumplir su primer año de antigüedad en la empresa. De acuerdo a los años trabajados, se dispone una cierta cantidad de días para vacacionar.

Vacaciones 1.png

Lea más: ¿Cómo evitar estafas con supuestas agencias de turismo?

Del primer hasta el quinto año cumplido en la empresa, se cuenta con 12 días; del quinto en adelante hasta los 10 años, corresponde al empleado 18 días; y de 10 años de antigüedad en adelante, el trabajador tiene 30 días de vacaciones.

El Mtess señala que las vacaciones deben iniciar un día lunes o el siguiente día hábil si ese lunes es un feriado. Las mismas deben ser otorgadas dentro de los seis meses posteriores a que el empleado las haya causado.

Asimismo, se orienta al empleador comunicar al trabajador con al menos 15 días hábiles de antelación el periodo de disfrute de sus vacaciones.

El empleado, por su parte, al solicitar, también debe comunicar con 15 días hábiles de antelación las fechas y el periodo de tiempo que pretende salir. Se recomienda que la comunicación sea formalizada por escrito.

¿Puedo dividir mis vacaciones?

El empleado tiene la posibilidad de dividir sus vacaciones, a pedido suyo; sin embargo, existe una condición, que los días no sean inferiores a seis días hábiles consecutivos.

Los trabajadores con derecho a 12 días de vacaciones pueden dividirlas en dos partes, mientras que aquellos que cuentan con 18 o 30 días lo pueden hacer hasta en tres partes.

Vacaciones 2.png

El fraccionamiento no significa que se renuncia al resto de los días pendientes. Esta división debe involucrar un acuerdo entre las partes; por un lado, el consentimiento del trabajador y por otro lado, las necesidades operativas del empleador.

¿Puedo acumular mis vacaciones?

La normativa permite que se acumulen los días de vacaciones hasta dos años, siempre por decisión del trabajador y no por imposición del empleador.

Las vacaciones solo pueden ser interrumpidas ante una necesidad urgente del empleador, debidamente comunicada al trabajador.

La interrupción no afecta el derecho del empleado a reanudar el tiempo restante de vacaciones que le corresponde.

Vacaciones 3.png

En cuanto a las remuneraciones, el pago correspondiente a las vacaciones debe hacerse antes de su disfrute. En caso de fraccionarlas, el pago se realizará de modo proporcional a los días utilizados.

Está prohibido utilizar permisos de otra índole para sustituir las vacaciones; ambos beneficios tienen distinta duración y finalidad.

Nota relacionada: ¿Cómo lidiar con los chicos y la tecnología en estas vacaciones?

El otorgamiento, pago, acumulación, interrupción, reanudación y fraccionamiento de las vacaciones deben ser comunicados en el Registro Obrero Patronal (REOP) del Mtess, para garantizar así el cumplimiento de la normativa vigente.

Estas disposiciones fueron reglamentadas por el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social (Mtess) a través de la resolución N° 1290/2024, para el otorgamiento de vacaciones de los trabajadores del sector privado, cuyas relaciones laborales se rigen por el Código Laboral.

La disposición se fundamenta en el Convenio Nº 52 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), relativo a las vacaciones anuales pagadas, ratificado por Paraguay mediante la Ley 944/64, así como en los derechos y obligaciones establecidos en el Código del Trabajo.

Más contenido de esta sección
La Dirección Nacional de Transporte (Dinatrán) liberó el horario de buses hasta el próximo 2 de enero para las personas que deben movilizarse al interior para pasar las fiestas de fin de año. Fiscalizadores de la institución están controlando que se cumpla con el precio de los pasajes y que los rodados estén en buenas condiciones para los viajes.
El Batallón de Amor sigue demostrando su cariño hacia los abuelitos más necesitados que se ganan la vida vendiendo sus productos en las calles de Caacupé, Departamento de Cordillera.
En el día en que la Iglesia Católica celebra la solemnidad de la Sagrada Familia de Nazaret, el cardenal Adalberto Martínez reflexionó sobre los males que afectan a las familias paraguayas, como el crecimiento de la violencia en el interior de los hogares. Pidió a las autoridades que trabajen en políticas públicas para frenar el avance de este flagelo.
Un video viralizado en las redes sociales muestra una pelea campal entre un grupo de jóvenes tras una colación en la Costanera de Encarnación, Departamento de Itapúa.
Bomberos voluntarios reportaron un incendio de mediana magnitud en la sede de la Secretaría de Emergencia Nacional (SEN) en Asunción. Gran parte de la infraestructura y el techo fueron afectados tras el siniestro por la cantidad de material combustible que se encontraba en las oficinas, indicaron los intervinientes.
Un Tribunal de Sentencia decidió condenar a un bar de Asunción por emitir ruidos en niveles superiores a lo permitido. El caso fue denunciado por varios vecinos que residían en sus alrededores.