La imputación es a Edgar Lemuel Torres Domaniczky y María Lila Contreras Saguier, como arrendatarios del Complejo Arrayanes. También fue imputado Oscar Daniel Ruiz Fernández, como garante del contrato de arrendamiento, así como María Marcela Contreras Saguier, como subarrendataria.
La fiscala Carla Rojas solicitó al juzgado la aplicación de medidas alternativas a la prisión para los cuatro investigados, informó la periodista Liz Acosta.
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Según el acta de imputación, Edgar Domaniczky y María Contreras habrían violado normas de cuidado, las que habrían asumido al firmar el contrato de arrendamiento del complejo Arrayanes, “lugar que estaría siendo explotado comercialmente, sin contar con licencia comercial ni planos aprobados por la Municipalidad de Asunción”.
Asimismo, señala que se sospecha que Oscar Ruíz habría violado normas de cuidado, las que habría asumido como garante al firmar el contrato de arrendamiento del local, obligándose además conjuntamente con María Contreras, a través de un contrato de sub locación, a explotarlo comercialmente en actividades deportivas y sociales.
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De igual modo, habrían asumido mantenerlo en condiciones aptas para su uso, sin embargo, la estructura metálica de la lumínica de la cancha 1 del predio, no se encontraría en condiciones de aislamiento eléctrico, presentando tensión, según el escrito fiscal.
El 16 de setiembre pasado, a las 17:30 aproximadamente, se estaba disputando un partido de fútbol en el interior de Arrayanes. Rodolfo Antonio de Jesús Núñez Scolari tocó la estructura de la lumínica de la cancha 1 y recibió una descarga eléctrica. Murió por electrocución.
Posterior al hecho, se realizó una medición de la tensión de la estructura de la lumínica arrojando tensión entre 149 y 164 voltios. Otra medición realizada en fecha 18 de setiembre tuvo como resultado una tensión de entre 70 a 80 voltios.
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En 18 de setiembre se realizó una constitución fiscal, acompañados de funcionarios del laboratorio forense del Ministerio Público, de la Administración Nacional de Electricidad (ANDE), familiares de la víctima y encargados el predio con sus representantes legales, a los efectos de constatar la presencia de tensión eléctrica.
En la ocasión, el personal de la ANDE, entre otras cosas, refirió que la instalación del tablero era correcta, con electroductos rígidos subterráneos, “visualizando un pequeño deterioro, el tablero era de embutir y no de adosar, es decir, la caja está preparada para interiores, la cantidad de llave era la correcta y la alimentación proviene del transformador ubicado en la parte trasera de la propiedad”.
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Se constató que una parte del caño rígido de la columna al tablero, se encontraba incompleta con un caño de metal de ocho centímetros, con cables colgados bajo el tablero que no deberían estar ahí, uno de ellos se encontraba desconectado y sulfatado.
El funcionario de la ANDE Jorge Ibarrola declaró ante el Ministerio Público que constataron que la caja de llave no era para intemperie (a pesar de que estaba en la intemperie).
Aseguró que eso técnicamente no es correcto porque no está preparado para soportar las condiciones externas (agua, calor, humedad) y dijo que lo correcto sería una caja llave externa, por la seguridad que tiene (una protección distinta de resistencia).
Además, declaró que también llamó la atención que de la salida de la caja (tablero) tenía un pedazo de caño de metal de ocho centímetros aproximadamente (que no es aislante sino conductor) y que técnicamente esto tampoco es correcto.