El Tribunal de Apelación de Cordillera otorgó la liberad por compurgamiento de la pena mínima en el caso Emboscada a la madre de la niña desaparecida el 15 de abril del año pasado en esa ciudad del Departamento de Cordillera.
La instancia judicial resolvió revocar la prisión preventiva que cumplía la mujer en la cárcel del Buen Pastor, haciendo lugar a la apelación presentada por la defensa de la mujer, el abogado Max Narváez.
La liberación por compurgamiento de la pena mínima se da en atención al articulo 19 de la Constitución Nacional, que menciona que en ningún caso la prisión preventiva se prolongará por un tiempo mayor al de la pena mínima establecida para igual delito.
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Según la resolución del Tribunal, la mujer se encuentra procesada por los hechos punibles de abandono y violación del deber del cuidado, cuyas sanciones mínimas de pena privativa de liberad van hasta los seis meses. Sin embargo, la misma se encuentra privada de su libertad desde mayo del 2020.
La apelación a la prisión preventiva también fue presentada por la defensa del padrastro de la niña, pero este no obtuvo su libertad ya que, además de estar imputado por los delitos de abandono y violación del deber del cuidado, enfrenta la causa por el hecho punible de pornografía infantil.
Caso Emboscada
La niña desapareció en extrañas circunstancias en una propiedad de la compañía Isla Alta en Emboscada, Departamento de Cordillera. Por varias semanas se realizaron masivas búsquedas y rastrillajes en la propiedad donde vivía y hasta se hallaron rastros de sangre humana.
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La víctima fue vista por última vez el 15 de abril del 2020 y los investigadores no tienen pistas certeras sobre su paradero, pese a las búsquedas realizadas en varias zonas.
Los nombres de la niña, de su madre y padrastro se omiten en cumplimiento del artículo 29 del Código de la Niñez, que prohíbe la publicación de datos que posibiliten identificar a los menores de edad en condición de víctimas de hechos punibles.