La fiscala Lorena Ledesma, quien lleva adelante la investigación en el marco del operativo Berilo, explicó que existen varias contradicciones en la resolución de la jueza Magdalena Narváez, quien revocó la prisión preventiva contra el diputado Ulises Quintana.
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Ledesma aseguró que le sorprende que la jueza haya aceptado como fianza real para garantizar la presencia de Quintana al proceso un inmueble ubicado en la ciudad de Hernandarias, en el Departamento de Alto Paraná, que por el mismo Juzgado fue inhibido el 28 de setiembre del año pasado.
El diputado, a la fecha, no tiene la capacidad de disponer de ningún bien registrable. Es decir, la jueza Narváez otorgó una fianza real con respecto a una persona que no puede disponer de sus bienes y cuyos inmuebles se encuentran embargados por el mismo Juzgado Penal de Garantías.
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La fiscala comentó que están ante una posición contradictoria y cree que la jueza no conocía que ese inmueble ya tenía una medida cautelar dictada por su mismo Juzgado, que impide que sea utilizadO como una fianza real.
“El Juzgado no conoce la totalidad de los argumentos porque el inmueble donde el mismo Juzgado de Garantías ordenó inhibir y embargar ofrece hoy como fianza real, ahí existen contradicciones importantes en cuanto al fundamento de la resolución de la jueza”, refirió en una entrevista con NoticiasPy.
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Inmueble aceptado como fianza es investigado
Agregó que la magistrada otorga 15 días para la presentación de las condiciones de dominio del inmueble, cuando ese es un requisito que debe solicitarse a la defensa, incluso antes de expedir su resolución, puesto que se debe acreditar fehacientemente sobre los bienes que servirán como fianza real.
La fiscala explicó que la escritura del inmueble ofrecido es actualmente objeto de una investigación y constituye unos de los bienes en investigación.
En ese sentido, dijo que realizó el viernes pasado un allanamiento a la escribanía de la notaria pública Rogelia Zarza, donde verificó in situ dicha irregularidad y se solicitó copia autenticada del protocolo y la escritura pública original.
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Por tanto, el inmueble ofrecido no puede ser presentado como fianza real, puesto que el titular original sería otra persona y el documento se habría antedatado.
Refirió que otra de las contradicciones es que el Juzgado resuelve revocar la prisión preventiva y aplica medidas cautelares a las que Quintana debe someterse.
“Ahí notoriamente hay una contradicción, porque si dice que se revocan los presupuestos de la prisión preventiva, no podría aplicar esas medidas”, explicó.
Reiteró que la Fiscalía investiga a una persona que realizó actividades determinadas dentro de una organización criminal.
Investigación culmina en 90 días
La representante del Ministerio Público refirió que tienen 90 días para seguir investigando.
Aguardan una serie de informes en el marco del proceso contra 39 personas, de las cuales 28 están con prisión preventiva. La investigación concluye el próximo setiembre.
El caso
El diputado Ulises Quintana había sido detenido el año pasado, luego de que la Fiscalía haya establecido algunos vínculos con el supuesto narcotraficante Reinaldo Javier Cucho Cabaña, recluido en la Penitenciaría Nacional de Tacumbú.
Algunos de los vínculos establecidos son el apoyo financiero que habría recibido durante la campaña electoral, la utilización de una camioneta y las conversaciones mantenidas entre ambos.
La Fiscalía alude que el rol principal del legislador dentro de la organización delictiva fue impedir que las autoridades de seguridad intervengan en las actividades ilícitas.
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Hacen referencia a seis llamadas interceptadas judicialmente en las que Quintana habría influido, en su condición de diputado, en la liberación de Diego Medina Otazú, secretario del presunto narco.
El mismo había sido retenido por efectivos policiales en una barrera montada por agentes de la Comisaría de Nueva Londres, Departamento de Caaguazú. El hombre tenía en su poder USD 190.000, cuando se dirigía a Asunción.
Quintana estaba recluido en la cárcel militar de Viñas Cué tras haber sido imputado por los supuestos hechos punibles de tráfico de drogas en carácter de cómplice, tráfico de influencias, asociación criminal, enriquecimiento ilícito y lavado de dinero.