La causa contra la ex ministra de la Secretaría de Emergencia Nacional (SEN) Gladys Cardozo, por presunta lesión de confianza, podría prescribir, ya que se cumplieron 10 años de ocurridos los hechos.
El caso es similar a lo que pasó en el juicio oral contra el también ex ministro de la SEN Camilo Soares, donde prescribió por el transcurso del doble del plazo del delito.
La defensa de la ex ministra Gladys Cardozo, el abogado Álvaro Arias, ya solicitó la prescripción, pero los jueces Rossana Maldonado, Blanca Gorostiaga y Manuel Aguirre pospusieron para el final del juicio la resolución sobre el pedido.
Arias, justamente, presentó como precedente el fallo de la Sala Penal de la Corte que favoreció a Soares, también ex ministro de la SEN, juzgado por un caso similar junto con Alfredo Guachiré, que prescribió por el transcurso del doble del plazo.
En la causa, además de Cardozo, también es enjuiciado el ex director de la Unidad Operativa de Contrataciones, Aníbal Benítez.
SEGUNDO. Hay que señalar que este es el segundo juicio oral contra Cardozo, ya que en un primer juzgamiento, fue absuelta de los cargos. Sin embargo, el Tribunal de Apelación anuló la resolución y dispuso que se realizara un nuevo juicio.
Gladys Cardozo fue enjuiciada por lesión de confianza por presuntamente ocasionar un perjuicio al Estado por G. 2.482.950.000. En ese juicio oral, los jueces Héctor Capurro, María Fernanda García de Zúñiga y Cynthia Lovera entendieron que la fiscala Victoria Acuña no probó los hechos acusados.
Los hechos enjuiciados, la supuesta sobrefacturación en la compra de víveres por contratación directa para ser enviados a tres departamentos declarados en emergencia en el Chaco, se realizaron entre marzo y abril del 2012, hace exactamente 10 años.
En el caso, la lesión de confianza tiene una pena de 5 años, por lo que el doble del plazo es de 10 años, ya cumplidos.
El juicio oral seguirá este miércoles, con el juramento de los peritos, ya que los magistrados aprobaron la realización de una pericia.
La Fiscalía no hizo una pericia, sino que solo se limitó a comparar los precios de los víveres adquiridos con los precios del Mercado de Abasto, conforme explicó el abogado Álvaro Arias.