Tras el escándalo desatado por la incorporación a la Academia de Policía de Óscar Manuel Cristaldo Gómez, hijo del propio director del Instituto Superior de Enseñanza de la Policía (Isepol), comisario general Manuel Cristaldo Vargas, el comandante de la Policía Nacional, comisario general comandante Luis Carlos Rojas, decidió separar del cargo a este último y en reemplazo designó, mediante la resolución número 488, al comisario general Jorge Caballero, quien era el jefe policial del área Central.
El cambio de Cristaldo se da porque recurrió a un amparo judicial para que su hijo sea inscripto en la Academia, pese a tener la cicatriz de un enorme tatuaje en el brazo izquierdo, pasando por encima de uno de los requisitos excluyentes para el ingreso a la institución.
Al tener el amparo en sus manos, resuelto por un Tribunal de Apelación de la Niñez y Adolescencia de la Capital, Cristaldo Vargas había recurrido ante el comandante para que le firme la resolución en la cual se le acepta a su hijo para que sea inscripto como alumno de la Academia. Sin embargo, Rojas no le firmó, ya que estaba en desacuerdo con la inscripción del hijo de Cristaldo.
Ante esta situación, al no tener el visto bueno del comandante, Cristaldo recurrió al subcomandante Bartolomé Báez y este le firmó la resolución por la cual se acepta la inscripción de su hijo en filas de la Academia policial, sobrepasando la autoridad del propio Rojas.
Tras enterarse que Báez firmó la inscripción del hijo de Cristaldo para la Academia, Rojas convocó el miércoles a Cristaldo en su despacho, donde le comunicó que sería apartado de su cargo.
En la víspera, ya asumió el director interino de Isepol.
En esferas policiales se intentó mantener con total discreción el cambio. En ese sentido, la directora de Relaciones Públicas de la Policía Nacional, comisario Elisa Ledezma, se limitó a informar que los cambios son atribuciones del comandante.
El caso de Cristaldo es único, ya que otros aspirantes que también tenían tatuajes fueron relegados y no fueron incluidos en la Academia.
Ese es el caso de Silvio Ramón Maqueda Cañete (foto), quien tenía un pequeño tatuaje en la mano izquierda que lo hizo borrar; sin embargo, le excluyeron de la lista pese a que fue uno de los pocos que pasaron todas las exigentes etapas.
La madre del joven, Silvina Cañete, también evalúa recurrir a un amparo judicial para que su hijo sea aceptado en la Academia, ya que ahora la Justicia sentó una jurisprudencia con el beneficio del hijo del propio director de Isepol.
La discusión en filas policiales ahora es en torno a la validez de la resolución firmada por el subcomandante Bartolomé Báez para la inscripción de Cristaldo en la Academia, ya que tendría que haber firmado el comandante, comisario general comandante Luis Carlos Rojas.
Dilatan decisión sobre amparo que censura a los medios
La Sala Penal integrada por los camaristas Isidro González, Aniceto Amarilla y Mirian López de Meza tiene pendiente de resolución el pedido de nulidad de una sentencia recaída en un juicio de amparo, que censura a la prensa hacer referencia a la rectora de una universidad privada y de la institución, en la publicación sobre un caso de acoso sexual.
El juez de Garantías Amílcar Marecos no solo violó las garantías constitucionales, sino que incurrió en una serie de irregularidades para dictar sentencia, según el abogado Elías Fox, quien recurrió la medida como víctima.
La orden judicial prohíbe mencionar a la rectora de una universidad privada y mencionar el nombre de la institución donde supuestamente se produjo un caso de acoso sexual, donde el denunciado es marido de la rectora. La medida abarca a 18 medios de comunicación escrita, oral, televisiva, incluyendo redes sociales.
El hecho de supuesto acoso sexual había sido filmado por la víctima y de alguna manera llegó a los medios de comunicación, que publicaron el hecho, penado por la legislación penal como acoso sexual.
Sobre la base de la sentencia dictada por el juez Amílcar Marecos, el ingeniero Gustavo Duarte, denunciado por el acoso sexual, también recurrió a un juicio de amparo ante el juez Marino Méndez.
Inicialmente, este dictó una medida cautelar prohibiendo la publicación del video, pero después declaró no presentada la acción, porque el demandante no presentó copia para traslado de la demanda a los medios de comunicación y archivamiento del caso. (E.M.)