23 jun. 2025

Cómo calcular el aguinaldo de IPS para trabajadores suspendidos

Si bien el Instituto de Previsión Social (IPS) precisa de un decreto presidencial para reglamentar el pago del aguinaldo para trabajadores suspendidos por la pandemia de Covid-19, el pago podría darse la próxima semana y cada monto dependerá de los días suspendidos.

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Aglomeración de personas en sucursales de BNF obliga cambio de estrategia de cobro en IPS.

Foto: @MDSParaguay.

Pedro Halley, gerente de Prestaciones Económicas del IPS, explicó la manera en que cada trabajador que fue suspendido por la pandemia en algún punto del año podrá saber el monto que le corresponderá en concepto de aguinaldo.

“La fórmula exacta que cualquier trabajador puede hacer es multiplicar G. 1.096.419 por los días que estuvo o está suspendido. Ejemplo por 90 días: dividido los 8 meses, que son 240 días, el resultado son los guaraníes que va a cobrar”, explicó al programa La Lupa, emitido por Telefuturo.

Es así que los suspendidos podrían percibir entre G. 137.052 por un mes de suspensión y G. 1.096.419, por los ocho meses de suspensión laboral en sus empresas.

Nota relacionada: IPS: Aguinaldo debe pagarse antes del 16

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Halley aseguró que está todo preparado y se necesita la luz verde del Poder Ejecutivo, que vía decreto deberá reglamentar este pago que podría darse la próxima semana. En ese sentido, son más de 100.000 los trabajadores que se encuentran a la espera de cobrar algún monto.

Entretanto, el octavo pago de las compensaciones económicas a 17.000 trabajadores formales que aún se encuentran con suspensiones laborales ya inició desde esta semana.

El gerente de prestaciones precisó que existe un remanente de USD 40 millones de los USD 100 millones transferidos por el Gobierno al IPS en el marco de la Ley de Emergencia Sanitaria, por lo que hay recursos suficientes para el pago del aguinaldo y para las compensaciones por suspensión laboral durante los tres primeros meses del 2021.

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Sin embargo, el pago de subsidio por suspensión depende de una ley que prorrogue la Ley de Emergencia, la cual fenece el 31 de diciembre. A raíz de esto, dicha prórroga debe sancionarse antes del 20 de diciembre, antes del receso legislativo.

La extensión de la vigencia de la ley permitirá que trabajadores suspendidos sigan percibiendo el monto durante enero, febrero y marzo del próximo año.

También precisó que por reposo por Covid-19, la previsional ya contabilizó 1.000 cobros. En tanto, por aislamiento preventivo ya alcanzaron 25.000 pagos y por aislamiento preventivo de personas vulnerables estarían por los casi 1.000 pagos.

Halley destacó que Paraguay ganó un premio internacional por el manejo del sostenimiento del empleo otorgado por la Agencia Internacional de Seguridad Social.

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