25 dic. 2024

Con argumento, jueza refuta crítica a arresto en casa de imputado

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Carina Ruiz Díaz, jueza.

Tras la publicación sobre una resolución judicial que otorgaba el arresto domiciliario a Gustavo Rojas, un imputado por un caso de homicidio doloso, por el crimen del abogado Cristóbal Duarte Benítez, quien fue asesinado de seis balazos el 23 de diciembre de 2022, en un camino vecinal de la localidad de Pirapó, Departamento de Itapúa, la jueza Penal de Garantías de María Auxiliadora, Carina Ruiz Díaz, explicó que el pedido resuelto responde a un mismo pedido de la Fiscalía.

También señala que la publicación cuenta con un tono malicioso hacia su persona, ya que no se dieron a conocer lo que realmente consta en los documentos del expediente.

Mediante un escrito, enviado por el abogado Rubén Paredes, apoderado de la jueza, se menciona que “en el caso puntual objeto de la publicación, se trata de un imputado que contaba con auto de rebeldía y orden de captura, encontrándose prófugo hasta que se presentó voluntariamente en sede fiscal a ponerse a disposición del Ministerio Público, por lo que el fiscal del caso, el abogado Enrique Fornerón, convocó a la Policía Nacional para hacer efectiva su detención, tomó declaración indagatoria al imputado y luego comunicó de ello al juzgado, presentando un requerimiento de imposición de la medida cautalar de arresto domiciliario, fundando su decisión en la ausencia de elementos objetivos para requerir la prisión preventiva, citando varias diligencias realizadas por el Ministerio Público que eran coincidentes con la declaración indagatoria del imputado”.

Según el acta de imputación, “ante las consideraciones expuestas, requerir o ratificar la prisión preventiva contra Gustavo Rojas, podría constituir lo que en doctrina se conoce como “abuso de la prisión”; por ende, entiende esta Fiscalía que una medida ajustada y coherente sería el arresto domiciliario, ya que Gustavo Rojas seguirá siendo investigado en autos”.

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La Fiscalía solicitó el sobreseimiento provisional para cuatro agentes de la Interpol, alegando el “impedimento de poder alcanzar la conclusión sobre la forma en que ocurrieron los hechos”.