20 dic. 2024

Con el cambio de postura, ahora son 7 candidatos a presidir la Corte

Solo el actual presidente Eugenio Jiménez no podrá repetir en la presidencia del Máximo Tribunal. La nueva interpretación que le dan aún tiene un obstáculo infranqueable que debe ser resuelto.

La presidencia de la Corte Suprema debe ser decidida este febrero.JPG

Eugenio Jiménez, Luis M. Benítez, Gladys Bareiro, Alberto Martínez, Antonio Fretes, César Garay, Manuel Ramírez, Carolina Llanes.

La presidencia de la Corte Suprema debe ser decidida este febrero, pero, de tener ya en enero un candidato favorito, ahora hay siete ministros que aspiran a ser electos, con una interpretación dudosa de la normativa que organiza el Máximo Tribunal.

Es que la Ley 609 señala que el presidente y los vicepresidentes duran un año en sus funciones y no podrán ser reelectos en el mismo cargo, sino transcurrido un periodo. Con ello, los tres que ocupan actualmente el Consejo de Superintendencia no eran candidatos para este año.

Sin embargo, la semana pasada, el propio presidente Eugenio Jiménez reconoció que varios de sus colegas tenían una nueva interpretación de la Ley 609, con la que los miembros del actual Consejo de Superintendencia podrían rotar para no ocupar el mismo cargo. Con ello, de 5 candidatos, pasan a 7, y así Jiménez Rolón, incluso, podría ocupar alguna de las vicepresidencias, con lo que seguiría en el Consejo de Superintendencia de la Corte Suprema. Pero, como lo reconoció el mismo presidente, el obstáculo que tiene la interpretación es que los miembros del Consejo de Superintendencia deben presidir cada una de las salas.

De esta manera, aunque no ocupen el mismo cargo en el Consejo, seguirán en la presidencia de sus respectivas salas, con lo quedan expuestos a la prohibición del artículo 9 de la legislación vigente.

Esto hace que exista una división entre los ministros, con lo que, como pocas veces se da, podría haber un empate en la votación. En ese caso, necesariamente deberá repetirse hasta que existan cinco votos a favor de uno de los candidatos, de modo que pueda ser electo.

BLINDAJE. El principal problema que tiene la dudosa interpretación es que puede ser aplicada sin ningún tipo de inconvenientes si es que llega a tener cinco votos y prácticamente está blindada.

Esto porque, si se da interpretación de la ley y alguno de los que componen el actual Consejo de Superintendencia es electo, solo otro de los ministros no elegidos podría accionar en contra, con una eventual inconstitucionalidad, ya que les afecta la decisión.

Este escenario difícilmente se daría, ya que ninguno de los ministros querría ir en contra de sus colegas. Y en caso de que uno de ellos accionara, los demás colegas se inhibirán y mientras se integra la Corte, ya pasará el año en que el Consejo está en funciones.

Además, constitucionalmente hablando, es la Corte Suprema la única habilitada para interpretar la Carta Magna, y en este caso, si una ley se opone a ella o no.

En otras palabras, si cinco ministros, que no sabremos quiénes son porque la votación es secreta, le dan la citada interpretación a la ley, perfectamente puede aplicarse sin que se pueda cuestionar.

La única manera sería el juicio político, pero se enjuiciaría al que repite el cargo, no a los que dieron su consentimiento, ya que, como se dijo, la votación es secreta por la citada legislación.

Eugenio Jiménez
Actual titular de la Corte. Es el único que no puede ser presidente del Máximo Tribunal. No obstante, con la nueva interpretación de la ley, podría ser uno de los vicepresidentes. Es colorado.

Luis M. Benítez
Actual vicepresidente primero. Con la nueva interpretación, podría ser presidente u ocupar la vicepresidencia segunda, y así continuar en el Consejo de Superintendencia de la Corte. Es colorado.

Gladys Bareiro
Actual vicepresidenta segunda. Con la interpretación de la ley, quiere ser presidenta de la Corte, ya que el próximo año cumple 75 años y debe abandonar el cargo por el límite de edad. Es liberal.

Alberto Martínez
Sonaba como el candidato con más posibilidades de ocupar la presidencia, pero con la nueva interpretación se complica el panorama. Igual sigue con muchas posibilidades. Es colorado.

Antonio Fretes
Ya ocupó la presidencia de la Corte y ahora, según algunas fuentes, el Ejecutivo pide por él para la presidencia. Si no hay consenso por la interpretación de la ley, podría ser elegido. Es colorado.

César Garay
Ya estuvo en el Consejo de Superintendencia como uno de los vicepresidentes, pero difícilmente logre votos de los demás ministros para llegar a la presidencia del Máximo Tribunal. Es colorado.

Manuel Ramírez
Es miembro de la Sala Penal, y también aspira a la presidencia del Máximo Tribunal, pero no tendría muchas posibilidades para tener votos de todos sus colegas colorados. Es liberal.

Carolina Llanes
Es la más nueva integrante de la Corte. Es una de las candidatas a presidirla, caso contrario, por lo menos para estar en el Consejo de Superintendencia y ser presidenta de la Sala Penal. Es colorada.

Artículos que hablan de la elección

En la Ley 609, que organiza la Corte Suprema, los artículos 8 y 9 son los que hablan de la integración de las salas y de la elección de la presidencia y vicepresidencias. Pero es el artículo 9 al que ahora le dan una interpretación diferente a la actual. Esto es lo que dicen los artículos de la normativa:

Artículo 8º.- Integración de Salas y Elección de Autoridades. La Corte Suprema de Justicia en sesión plenaria, que se realizará en el mes de febrero de cada año, procederá a integrar sus salas y a elegir a su presidente, por el voto secreto favorable de por lo menos cinco de sus ministros.

Seguidamente, los ministros procederán a elegir, entre los miembros de las salas que no integra el Presidente, al vicepresidente primero. Finalmente, entre los miembros de la sala restante, elegirán al vicepresidente segundo.

Artículo 9º.- Presidencia de las salas. El presidente y los vicepresidentes presidirán las salas que integran, durarán un año en sus funciones y no podrán ser reelectos en el mismo cargo, sino después de transcurrido un periodo.

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