Se trata de la Ley Nº 6903/2022, “que establece medidas de protección a los menores de edad ante la influencia de las máquinas tragamonedas”, promulgada recientemente por el Poder Ejecutivo.
La Comisión Nacional de Juegos de Azar (Conajzar) indicó que, actualmente, está trabajando en la reglamentación de la normativa.
Para este efecto, “tendrá en cuenta la observancia de todas las normativas legales vigentes, las que servirán como parámetros técnicos específicos, a los efectos de coordinar con los municipios su correcta aplicación y estricto cumplimiento”, señaló la institución.
La Conajzar manifestó su pleno acompañamiento a los objetivos y finalidad de la Ley Nº 6903/2022 en atención al interés superior del niño, niña y adolescente.
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La ley establece a las municipalidades como las autoridades de aplicación para la habilitación y también para su control.
De igual manera, especifica la prohibición de la instalación del juego electrónico en lugares públicos con presencia de niños, citando mercado, despensa, peluquería, sala de internet, farmacia, hamburguesería, y en todo negocio o comercio que no se dedique al rubro de juegos de azar o casino.
La ley pone énfasis en que los juegos tragamonedas operan fuera de los casinos o locales de juegos autorizados y se pretende evitar que los menores sufran posibles daños que afecten su salud física y mental.
Respecto a la autoridad de aplicación, se remarca que de acuerdo a lo que establece esta ley serán las municipalidades en coordinación con la Comisión Nacional de Juegos de Azar (Conajzar).
Sobre las sanciones, la ley indica que cada municipio impondrá multas, y por cada máquina será de un salario mínimo legal vigente. En caso de reincidencia se multiplica.