El Consejo Nacional de Salarios Mínimos (Conasam) se reúne en la fecha y analizará el reajuste del sueldo mínimo legal, con base en el informe oficial del Banco Central del Paraguay (BCP), respecto a la inflación interanual correspondiente al mes de mayo de 2022, que había sido de 11,4%, según los datos de la banca matriz.
El principal insumo para el análisis del incremento del salario está de esta manera listo, según había aseguró Karina Gómez, presidenta del Conasam. Con base en el reporte del BCP, se infiere que la variación será de alrededor de G. 260.000, para alcanzar un sueldo piso de unos G. 2.550.000 para actividades no especificadas.
Cabe recordar que los integrantes del Consejo de Salarios Mínimos, que está compuesto por representantes de empleadores, de los obreros y del Estado, están convocados a reunión el lunes 13 de junio. Conforme a lo que señala la norma vigente, el Conasam debe acordar una recomendación de variación del sueldo base para ponerla a consideración del Ejecutivo.
ajustado a ley. Respecto a las posturas de cada una de las partes, Gómez sostuvo que se encuentran en una constante comunicación y que la intención es respetar lo establecido en la legislación de la materia. “En este caso, la ley dice que el informe (del BCP) es la base para tener en cuenta un reajuste salarial; el porcentaje a tener en cuenta es el 11,4%”, manifestó.
Taxativamente, la Ley 5764 determina que la consideración del reajuste del salario mínimo será efectuada por el Poder Ejecutivo a propuesta del Consejo Nacional de Salarios Mínimos sobre la base de la variación interanual del Índice de Precios al Consumidor (IPC) y su impacto en la economía nacional, al mes de junio de cada año.