El caso data del 3 de octubre del 2020, cuando Florencia Romero se llevó por delante a Natalia Godoy (29), quien en ese entonces esperaba el colectivo sobre la avenida Mariscal López y Santa Teresa para ir a su trabajo. La conductora estaba bajo los efectos del alcohol y también otros medicamentos, según la prueba toxicológica que se le practicó. La víctima dejó huérfano en aquella época a un pequeño de siete meses.
La abogada Carolina Arias, quien representó a la madre de la víctima, Lucía Godoy, indicó a radio Chaco Boreal 1330 AM que en la fecha se realizó la audiencia preliminar y la conductora terminó pidiendo perdón, además de que la familia ofreció un resarcimiento económico.
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Aunque consideró que se trata de una suma ínfima, entiende a la madre de la víctima fatal, ya que debe cuidar al bebé huérfano.
En ese sentido, mencionó que tanto la querella como la Fiscalía se habían ratificado en la acusación presentada por el dolo eventual y, que en el ámbito civil, también habían impulsado una causa para buscar el resarcimiento económico para el hijo. Pero, la defensa de la acusada accionó en contra.
“Ya ocurriendo esa situación de perdonarle, llegar a un acuerdo con mucho pesar, hay que ponerse también en la situación de la abuela, quien quedó al cuidado del hijo de la víctima fatal, una criatura que a los siete meses perdió a su madre y Ña Lucía pasa muchas cuestiones por la criatura”, empatizó con la madre de la víctima la abogada.
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La profesional explicó que la defensa de la conductora solicitó un criterio de oportunidad y la Fiscalía se allanó al pedido, como también la querella, pese a que el caso apuntaba a una condena.
Con ello se produjo la extinción de la acción penal y el sobreseimiento definitivo de esta causa.
“La mamá quedó con una cuestión amarga. La mamá esperaba más de la Justicia y que el caso se cierre de una manera distinta”
Dijo esto, atendiendo que el resarcimiento también representó el desistimiento de la acción penal.
“Todo queda en el arbitrio del Ministerio Público y el Juzgado Penal, estaban dadas las condiciones. Para mí como profesional no es perder un caso. Pero, es una frustración de nuestra Justicia, porque siempre debe prevalecer el dinero”, lamentó la abogada.
A su vez, aclaró que la causa la tomó ad honoren por el hijo de la víctima y que existían todos los elementos para una condena y resarcimiento, habiendo incluso un procedente en Alto Paraná, que ella misma llevó adelante y existía una situación similar.
“El tema dinero prevalece en nuestra Justicia, le costó y mucho a esta gente. Todo un equipo jurídico contra mí. La señora Lucía es una familia de escasos recursos. Yo le puse en la bandeja también a la señora la posibilidad. La señora está desgastadísima, está a cargo de un niño”
Asimismo, afirmó que le dio la posibilidad a la madre de la víctima de continuar la causa y que la conductora iba a ser condenada gracias a un buen trabajo fiscal, que fue liderado en un principio por el agente Itálico Rienzi.
Sin embargo, analizó que existía la posibilidad de una condena e incluso resarcimiento, sin que esto último se haga efectivo, ya que la conductora tenía 22 años al momento del hecho y es probable que nunca le pongan nada a su nombre, para no indemnizar a la familia de la víctima del homicidio.
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“En ninguna de las instancias ganaron, fue una lucha bien ganada de parte mía, tengo de cierto modo esta frustración, pero se llegó al acuerdo. En esta instancia vinieron a hacer un ofrecimiento de esta manera, porque ya no tenían armas y sabían a lo que íbamos”, aseveró la abogada.
Sobre la conductora, detalló que la misma cumplió tres años y seis meses de condena, pasando seis o siete meses en prisión, pero ahora se levantan todas las medidas en su contra, incluso, podría volver a conducir sin ningún problema.
Finalmente, recordó que gracias a esta causa se modificó la ley del homicidio culposo, pero que aún se deben modificar otras cuestiones, ya que si no siempre se tendrán casos como este, donde gente que sin fuerzas ya termina aceptando un resarcimiento.
Incidentes en la causa
El 23 de julio del 2021, en audiencia preliminar, el juez Miguel Ruiz había excluido la prueba toxicológica y cambió la calificación de homicidio doloso (con penas de 5 a 20 años), por la de homicidio culposo, con pena de hasta 5 años o multa.
Esto había sido anulado por el Tribunal de Apelación, el 13 de setiembre del 2021, que dispuso repetir la preliminar. La acusada Florencia Romero atacó de inconstitucional la resolución, pero la Sala Constitucional de la Corte rechazó la acción, destrabando la causa en octubre del año pasado, dando paso a una nueva audiencia que se desarrolló en la fecha.