30 abr. 2025

Concluyen que Bacigalupo no tiene funciones en SNPP

Carla Bacigalupo

Carla Bacigalupo

Foto: Archivo ÚH.

La Abogacía del Tesoro, la Secretaría Nacional Anticorrupción y la Procuraduría General de la República emitieron un dictamen donde concluyen que la Dirección General del Servicio Nacional de Promoción Profesional (SNPP) es la máxima autoridad de la institución y, por tanto, debe ser ordenadora de gastos y habilitada para hacer los pagos.

Este dictamen se emitió a raíz de la consulta generada por la directora del SNPP, Addis Merlo, ya que la interpretación de la ministra de Trabajo, Carla Bacigalupo, es la de sostener que el SNPP es un órgano dependiente de esa cartera del Estado, siendo ella la máxima autoridad.

Esa situación ha predispuesto “un fuerte distanciamiento hasta derivar en conflictos de intereses con relación a las facultades legales de la ministra de Trabajo por la contraposición entre las facultades de la dirección general del SNPP”, señala la nota enviada por Merlo al Ministerio de Hacienda.

La Abogacía del Tesoro pidió su parecer a la Contraloría, a la Secretaría Anticorrupción y a la Procuraduría, que emitió un dictamen jurídico. Esta última institución refirió que ante la existencia de la Unidad de Administración y Finanzas (UAF) donde la máxima autoridad es la dirección general del SNPP, según ya señaló la Abogacía del Tesoro en su dictamen.

El Ministerio de Hacienda debe dar un posicionamiento o un acto administrativo como órgano ejecutor de las políticas presupuestarias a modo de esclarecer. Señala que como la UAF del SNPP ya ha sido creada y solamente resta su conformación y debe ser integrado por el director general de la institución como ordenador de gastos con la potestad de delegar al gerente económico del SNPP.

La Procuraduría también tomó en cuenta el dictamen de la Secretaría Anticorrupción que menciona que de acuerdo al artículo 14 de la ley del SNPP, la representación legal y la administración de los recursos y gastos conforme al presupuesto de la institución son facultades del director de dicha institución.

De esta forma, estas instituciones se contraponen al parecer de la ministra de Trabajo, Carla Bacigalupo, quien unilateralmente se atribuyó la función de mandamás en el SNPP, designando funcionarios y definiendo licitaciones.

También en la UAF del SNPP queda afuera la titular del Ministerio de Trabajo.

Una auditoría realizada por el Poder Ejecutivo en marzo del 2019 ya señalaba que Carla Bacigalupo utilizaba el presupuesto del SNPP y de Sinafocal sin tener atribuciones. Varios funcionarios habían denunciado la irregularidad y fueron despedidos como fue el caso de Alcides Ortega.