Tras varias horas de deliberación, el Tribunal de Sentencia condenó, ya en horas de la noche, a la odontóloga Lilia Graciela Espinoza a cuatro años de cárcel, y a la bioquímica Sandra Hermosa, a tres años, como penas por causar la muerte por negligencia de la joven Sol Chávez. Además, la Fiscalía había solicitado la inhabilitación de las mismas para ejercer la profesión por el término similar a los años de condena.
El fallo fue dictado en forma unánime. Los jueces de Sentencia Héctor Capurro, María Fernanda García de Zúñiga y Yolanda Portillo declararon culpables a las acusadas por homicidio culposo.
El juez Capurro explicó que se constató que hubo violación del deber de cuidado que debía tener la odontóloga, ya que incurrió en el error de cálculo de la dosis de flúor que le recetó a la joven Sol Chávez, que le causó la muerte.
Además, dijo que la joven confió en la dentista Espinoza, para encomendarle el tratamiento que debía realizarse.
También, que hubo un descuido por parte de las acusadas. Con ello, entendieron que la Fiscalía probó los hechos acusados durante el juicio oral.
Finalmente, tras analizar los puntos relativos a la imposición de la pena, condenaron a la odontóloga Lilia Graciela Espinoza a cuatro años de privación de libertad y a la bioquímica Sandra Hermosa, a la pena de 3 años.
AUDIENCIA. La sentencia fue escuchada por una sala de juicios orales llena por parte de los familiares de la víctima, a más de varias otras personas también interesadas en el resultado del juicio oral.
SOLICITUD. La fiscala Teresita Torres, en sus alegatos finales, solicitó las penas de 5 años de cárcel, y 5 años de inhabilitación para el ejercicio de la profesión, teniendo en cuenta las graves consecuencias del hecho punible.
El abogado querellante, José Armoa, también requirió similares penas. Explicó incluso que el medicamento a base de flúor tiene indicado 1 miligramo a tomarse por día, mientras que la odontóloga recetó 2.000 miligramos por el término de 14 días.
Por su parte, la defensa de las procesadas requirió la absolución de culpa y reproche, debido a que no se probaron los hechos acusados por parte de la Fiscalía y la querella.
La sentencia será presentada en forma escrita el próximo martes 8 de agosto.
Es seguro que el fallo será apelado por los defensores, teniendo en cuenta la condena que se les aplicó a las dos acusadas durante el juicio oral.