El Tribunal de Apelación en lo Penal, Tercera Sala, ratificó la pena de 12 años de cárcel para uno de los integrantes de una red de trata de persona que llevaba mujeres a España para ser explotadas sexualmente.
La resolución afecta a Julio Sergio Benítez, quien fue encontrado culpable del delito de trata de personas con fines de explotación sexual.
El fallo fue dictado en forma unánime por los camaristas José Waldir Servín, Carlos Ortiz Barrios y Arnulfo Arias, que ratificaron la sentencia dictada en juicio oral por los jueces Héctor Capurro, Cynthia Lovera y Juan Carlos Zárate el 3 de noviembre del 2017.
En el mismo juicio, habían sido sentenciados también a 10 años de cárcel, a los coprocesados Ignacio Barrios Quiroz y Cristina Esquivel de Barrios, ambos cónyuges. Tras el juicio oral, los jueces revocaron el arresto domiciliario y los remitieron a la prisión.
En el caso, el abogado Eleno Fernández, planteó el recurso contra el fallo. Sostuvo que hubo falta de argumentación, además de la incorrecta aplicación del Derecho. Así, pidió la nulidad del fallo.
Por su parte, la entonces fiscala Teresa Martínez, al contestar el traslado, solicitó la ratificación del fallo, debido a que se ajustaba a Derecho.
Al revisar la sentencia, los camaristas entendieron que se cumplieron con todos los requisitos legales, se respetó el debido proceso, por lo que la sentencia debía ser confirmada en todos sus puntos.
Según los antecedentes, en el 2013 los condenados formaban parte de una red de captación de paraguayas, que viajaban a España con la promesa de trabajo. Pero, una vez que llegaban eran obligadas a prostituirse.
Benítez Cubilla era el dueño de una agencia de viajes ubicada en Caaguazú, denominada ‘‘Bencros’’; mediante la cual captaba una a gran cantidad de mujeres del quinto departamento.
En tanto que los coprocesados Barrios y su esposa, participaban de la red en Ciudad del Este, utilizando el mismo modus operandi. En el juicio oral, según los jueces, esto fue probado.