El Senado aprobó, sin mucho debate, la derogación de la conocida Ley Guastella. El proyecto deja sin efecto la extinción de procesos penales luego de tres años de duración. Ahora, el documento queda en manos del Poder Ejecutivo.
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La Ley 4.669/12, conocida como Ley Guastella, modifica los artículos 136 y 137 de la Ley 1286/98 del Código Procesal Penal.
Esta normativa establece que el proceso judicial tenga una duración máxima de tres años para su finalización en primera instancia. Vencido el plazo previsto, el juez, a petición de parte, puede declarar extinguida la acción penal.
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La polémica ley entró en vigencia por un corto periodo de tiempo en el 2012 y generó caos en los procesos jurídicos.
La normativa fue suspendida con la promulgación de la Ley Camacho en el 2015, que restablece que el proceso judicial fenezca en cuatro años y no en tres. De no haberse aprobado la derogación, la ley volvería a entrar en vigencia en septiembre.