10 ene. 2025

Contraloría recuerda la obligación de presentar declaración jurada

La Contraloría General de la República (CGR) recordó a todos los intendentes y concejales municipales electos el pasado 15 de noviembre que están obligados a presentar sus declaraciones juradas de bienes y rentas dentro de los 15 días de haber tomado posesión del cargo.

A declarar.  Intendentes que se proclamaron la semana pasada asumirán este sábado.

A declarar. Intendentes que se proclamaron la semana pasada asumirán este sábado.

Igual plazo corre para los que hayan cesado en los mismos, de acuerdo al artículo 104 de la Constitución Nacional, como por ejemplo los directores, jefes y demás cargos de confianza.

Los intendentes y concejales electos en los 250 distritos del país tomarán posesión al cargo este sábado, según establece el cronograma electoral.

A la vez, son 2.640 concejales titulares y la misma cantidad de suplentes los que asumirán sus bancas.

A partir del 19, las autoridades municipales entrantes y también salientes tienen 15 días corridos para presentar sus declaraciones juradas de bienes y rentas.

En este caso, tienen tiempo hasta el lunes 4 de enero de 2016, teniendo en cuenta que el día 3 cae domingo.

El artículo 104 de la Constitución Nacional establece: “Los funcionarios y los empleados públicos, incluyendo a los de elección popular, los de entidades estatales, binacionales, autárquicas, descentralizadas y, en general, quienes perciban remuneraciones permanentes del Estado, estarán obligados a prestar declaración jurada de bienes y rentas dentro de los quince días de haber tomado posesión de su cargo, y en igual término al cesar en el mismo”.

Ley. Por otra parte, la Ley 5033/13 “Que reglamenta el art. 104 de la Constitución, faculta a la Contraloría General a reglamentar y establecer el procedimiento a ser implementado para la recepción de las declaraciones juradas de los funcionarios públicos”.

El artículo 16 de la mencionada ley dispone que la Contraloría sancionará a los sujetos que no presentaren su declaración jurada de bienes y rentas, activos y pasivos, dentro del término legal.

Si no presentan declaración jurada se aplicará una multa de 300 jornales mínimos (unos G. 21 millones), cesantía según el caso, e inhabilitación para ocupar cargos públicos y de ser electos en elección popular por el término de 10 años.