04 dic. 2024

Contribución al diagnóstico de la educación

Ha pasado un año desde que las presentes autoridades se hicieron cargo del gobierno, dirección y administración del sistema y de los procesos educativos de la nación. Sabemos, incluso por información internacional divulgada, que este Gobierno recibió del anterior la educación nacional en estado de calamidad: Estamos clasificados los penúltimos a nivel mundial en educación escolar, según la investigación de PISA.

Pienso que en un año el Ministerio de Educación y Ciencias ha tenido tiempo sobrado para evaluar la gravedad de la situación en que estamos, haciendo un diagnóstico profundo, con análisis de causas y consecuencias de dicha situación y ha habido tiempo también para definir el plan con las estrategias para salir del pozo urgentemente. Digo urgentemente, porque sin educación no hay desarrollo humano y sin desarrollo humano ningún otro desarrollo es posible, con lo que estamos condenando a las nuevas generaciones a la pobreza radical y a la dependencia.

El artículo 22 de la Ley General de Educación (LGE) dispone que “las autoridades educativas darán a conocer a los maestros, alumnos, padres de familia y sociedad en general, los resultados de las evaluaciones que realicen, así como las informaciones globales que permitan medir el desarrollo y los avances de la educación”.

Ni los maestros, ni los alumnos y sus padres, ni la sociedad hemos recibido tales informaciones, lo cual quiere decir que no se han hecho ni la evaluación ni el plan o que las autoridades ignoran la ley; prefiero pensar que este Gobierno viene dispuesto a cumplir y hacer cumplir la Constitución y las leyes, por eso, contribuyo para el diagnóstico diciendo que el caos de la educación nacional empieza por el desacato a la Constitución Nacional y leyes en artículos fundamentales para la calidad de la educación.

Contra lo dispuesto en los artículos 73 (CN), 1 y 9 (LGE) la educación vigente no es integral ni permanente, arbitrariamente priva a todos los educandos del desarrollo de su dimensión espiritual, que es precisamente la dimensión esencialmente humana, que nos diferencia de los demás mamíferos.

Entre los fines de la educación, omite la educación y el desarrollo de la cooperación (art. 73 y 113 CN), sin la cual no existe familia, sociedad, empresa, política ni Estado. Ignora la educación municipal (art. 75 CN) y la educación campesina y rural (arts. 115 CN y 59 LGE). En nuestro país, donde el 98,8% de la población declara tener religión, el MEC unilateralmente, sin consulta a los padres, elimina la educación religiosa, garantizada en el artículo 74 (CN). No existen las comunidades educativas institucionalizadas y a los miembros que deberían constituirlas se les usurpan funciones y derechos definidos en la Constitución y la LGE (arts. 76 CN y 7, 11,12,17,19,20 y 22 LGE).

El MEC no respeta los derechos y obligaciones que la Constitución Nacional y las leyes le reconocen vinculados a su patria potestad (arts. 49 y 53 CN) ni los reconocidos en la ley Código de la Niñez (arts. 71 y 72).

Hay más artículos de la Ley Suprema y otras leyes que no se vienen cumpliendo, pero bastan los citados para comprender suficientemente que la educación nacional y su sistema educativo están ubicados fuera del ordenamiento jurídico y el Estado de Derecho. Esta injustificable situación ilegal heredada es, sin duda, una de las causas originantes del hundimiento y fracaso de la educación nacional.

Y por eso se convierte en el primer y más urgente desafío para las actuales autoridades educativas y sus profesionales colaboradores.

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