En la causa están acusados Luis Osvaldo Sánchez, Rubén Moisés Galeano, Brian Esteban Martínez y Stiben Antonio Patrón, por supuesta violación a la ley de armas.
Los hechos ocurrieron el 31 de marzo del 2017, en el Partido Liberal Radical Auténtico (PLRA), donde supuestamente se hacían bombas molotov, tras las protestas contra la enmienda pro reelección del entonces presidente Horacio Cartes.
Los ministros Luis María Benítez Riera, Manuel Ramírez Candia y Carolina Llanes, declararon inadmisible la recusación promovida por el abogado Juan Manuel Benítez, en representación del acusado Luis Osvaldo Sánchez, contra los tres magistrados.
De esta manera, fueron confirmados los camaristas Gustavo Santander, Gustavo Ocampos y Pedro Mayor Martínez, quienes deberán estudiar ahora el recurso contra la realización del juicio oral.
El recusante sostuvo que es de conocimiento público que la causa es de marcado origen político, por lo que recusó al Tribunal de Sentencia, que fue confirmado rápidamente por el Tribunal de Apelación.
Considera que los camaristas no tenían independencia e imparcialidad necesarias para juzgar la causa de “mucha trascendencia política y social al haber rechazado a tambor batiente lo planteado por su parte”.
Los ministros entienden que deben declarar inadmisible el recurso porque se refieren a cuestiones procesales de los jueces y camaristas, sin que invoquen alguna circunstancia que se pueda deducir la falta de imparcialidad e independencia.
En el caso, el juez Gustavo Amarilla elevó a juicio oral la causa el 13 de febrero del 2019. Los jueces Elsa García, Olga Ruiz y Digno Arnaldo Fleitas, habían fijado el juzgamiento para el 19 de julio del 2019, pero fue recurrido.