La Sala Constitucional rechazó la excepción de inconstitucionalidad planteada por la defensa del coprocesado con el ex ministro de la Corte Miguel Óscar Bajac, con lo que finalmente se podrá dictar sentencia en el juicio oral.
Si bien el juzgamiento se realizaba a pasos de tortuga, ya que dependía de la Corte para avanzar más rápido, no se podía dictar resolución si es que no se resolvía la excepción que promovió la defensa del acusado Luis María Ramírez Doldán.
En la causa, el jubilado ex miembro del Máximo Tribunal es juzgado por presunto cohecho pasivo agravado, mientras que Ramírez Doldán sería el cómplice, conforme con la acusación del Ministerio Público.
El fallo fue dictado por los ministros César Diesel, Víctor Ríos Ojeda y Gustavo Santander, que rechazaron la excepción de inconstitucionalidad planteada por el abogado Daniel Sosa Valdez, en representación de Ramírez.
La excepción fue presentada el 8 de febrero pasado, en pleno juicio oral, ante los jueces Rossana Maldonado, Juan Francisco Ortiz e Inés Galarza, que le dieron el trámite correspondiente al pedido.
ARGUMENTOS. Según dijo el defensor, la excepción se presentó no contra alguna norma que atente contra el mandato constitucional, sino en forma adicional y en el hipotético caso de que los jueces decidieran en contra de la extinción de la acción penal.
La fiscala Victoria Acuña, al contestar el traslado, había pedido el rechazo de la excepción de inconstitucionalidad, debido a que la consideraba extemporánea.
Por su parte, el fiscal Adjunto Édgar Moreno solicitó que se declarara inadmisible la excepción de inconstitucionalidad promovida.
El ministro César Diesel, que fue preopinante, refirió que la excepción se plantea cuando se estima que se aplicará una ley u otro acto normativo que se considera inconstitucional.
Indica que, en el caso, es claro que la defensa opuso la excepción en caso de que se rechazara su incidente de extinción de la acción penal, con lo que es totalmente improcedente, afirma.
El ministro Víctor Ríos se adhiere al voto. Señala que el mismo accionante dice que no plantea la excepción contra alguna norma que atente contra el mandato constitucional.
Afirma que la excepción solo puede ser presentada contra una ley u otro instrumento normativo que atente contra alguna norma, garantía, obligación o principio consagrado en la Carta Magna.
El ministro Gustavo Santander alega que la excepción no reúne los requisitos legales. Además, instó a los jueces a aplicar medidas correctivas para castigar conductas temerarias que entorpecen el proceso penal.
Con ello, rechazaron la excepción. Ahora, los jueces podrán dictar una sentencia en el juicio al ex ministro Miguel Óscar Bajac.