El fallo fue dictado de forma unánime por el ministro Manuel Ramírez Candia, el camarista Gonzalo Sosa Nicoli y el juez Miguel Palacios, que integraron el Máximo Tribunal de la República.
El abogado Álvaro Arias, representante de Fernández Lippmann, en contra del fallo del Tribunal de Apelación Penal, Cuarta Sala, del 23 de noviembre del 2021, que ratificó la autoría de tráfico de influencias contra el mismo y contra el abogado Carmelo Caballero, por lo que se hará un nuevo juicio oral sobre la pena por este delito y juicio oral desde el inicio, por asociación criminal.
Los mismos habían sido condenados en el juicio oral por los jueces Juan Carlos Zárate, María Fernanda García de Zúñiga y Héctor Capurro, el 28 de diciembre del 2020.
La defensa de Fernández Lippmann basa su recurso en que el Tribunal no fundó el fallo, que era contradictorio, y que la conducta del mismo no configuró hecho punible, como tampoco lo era la conducta del abogado Carmelo Caballero. Pide la nulidad del fallo de Apelación.
El preopinante, Ramírez Candia, señala que el recurso no fue bien fundado, ya que no establecía la relación entre Fernández Lippmann y la conducta de Caballero. Con ello, vota por declarar inadmisible el recurso. A esto se adhieren los otros dos miembros. Con ello, se deberá repetir el juicio oral sobre la pena, con respecto al tráfico de influencias, y todo el juicio por el cargo de asociación criminal.